Planes de refinanciamiento por morosidad: claves para adherir
Los nuevos planes de refinanciamiento por morosidad permiten a las familias porteñas reestructurar deudas bancarias con tasas fijas y plazos extendidos para aliviar su economía.
Los planes de refinanciamiento por morosidad sumaron el respaldo de nuevas entidades financieras de primera línea en el marco del Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal sancionado por la Legislatura porteña. Esta iniciativa pública busca ofrecer un canal de salida ordenado frente a la creciente mora que golpea los presupuestos de los hogares de clase media en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A través de este esquema, los usuarios con atrasos en tarjetas de crédito y préstamos personales acceden a condiciones de regularización significativamente más favorables que los promedios vigentes en el mercado.
El respaldo de la banca pública y privada
El programa tiene como entidad cabecera al Banco Ciudad, al que se incorporaron formalmente las firmas privadas Santander, ICBC y Supervielle. La ampliación de la red bancaria amplía el alcance de la cobertura para los deudores bancarizados que enfrentan problemas de pago dentro del distrito. Como incentivo fiscal para sostener el costo operativo del programa, la administración porteña otorgará a las entidades participantes una reducción del 50% en la alícuota del impuesto a los Ingresos Brutos sobre los intereses que perciban por estos créditos de refinanciación.
El jefe de Gobierno, Jorge Macri, remarcó que el instrumento apunta a otorgar mayor previsibilidad a las familias trabajadoras mediante una estructura crediticia sostenible. Según la visión oficial, el trabajo articulado entre el Poder Ejecutivo y el Parlamento local permitió diseñar un mecanismo normativo financieramente viable que atiende el sobreendeudamiento sin desestabilizar las carteras de los bancos.
Condiciones crediticias: topes de tasa y plazos mínimos
El marco regulatorio del plan estipula parámetros estrictos orientados a reducir la carga mensual que pesa sobre los titulares de los pasivos:
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Tasa de interés: Los préstamos de consolidación cuentan con una Tasa Nominal Anual (TNA) fija con un tope máximo del 35%, valor sustancialmente menor a los costos financieros totales del sistema bancario tradicional.
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Plazo de amortización: Se fijó un período de financiamiento mínimo de 24 meses para la devolución total del capital e intereses.
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Alcance de los pasivos: Aplica de manera exclusiva sobre deudas contraídas mediante tarjetas de crédito y préstamos personales emitidos por entidades reguladas por el Banco Central, quedando expresamente excluidas las obligaciones generadas a través de billeteras virtuales o aplicaciones fintech.
Requisitos de elegibilidad para los solicitantes
A partir de la puesta en marcha efectiva de la ley, se habilitará una ventana de 60 días corridos para que los vecinos interesados tramiten su solicitud ante las entidades correspondientes. Los solicitantes deberán cumplir de forma obligatoria con los siguientes criterios:
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Calificación crediticia: Figurar en la Central de Deudores del Banco Central en Situación 2 (atrasos de 60 a 90 días) o en Situación 3 (atrasos de 90 a 180 días), con fecha de corte registrada al 1° de junio de 2026.
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Límite de ingresos: Percibir ingresos netos familiares mensuales inferiores a 10 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, lo que representa un tope de 3.678.000 pesos al momento de la reglamentación.
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Nivel de afectación: Demostrar que las cuotas adeudadas absorben más del 30% del ingreso total del grupo conviviente.
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Radicación geográfica: Acreditar domicilio real ininterrumpido en la Ciudad de Buenos Aires con una antigüedad comprobable de al menos dos años.
Criterios de exclusión y límites patrimoniales
Para asegurar que la asistencia estatal y bancaria focalice en los sectores con verdadera vulnerabilidad económica, la normativa fijó causales de exclusión patrimonial directas:
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Titulares de más de un bien inmueble registrado.
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Propietarios de automotores con una antigüedad menor a cinco años, salvo aquellos vehículos afectados formalmente a actividades productivas o laborales.
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Dueños de embarcaciones, aeronaves u otros bienes suntuarios debidamente inscriptos.
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Tenedores de activos financieros (plazos fijos, títulos públicos, bonos corporativos, cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión, acciones o tenencias de moneda extranjera) cuyo valor conjunto exceda el monto total de la deuda que se pretende regularizar.
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Personas que hayan realizado compra de dólares dentro del circuito formal durante el mismo período temporal en el que se originó la mora financiera.
La puesta en marcha de estos planes de refinanciamiento por morosidad busca recomponer la cadena de pagos minorista en la Ciudad de Buenos Aires. Al combinar alivio tributario para las entidades con tasas accesibles para los usuarios, el esquema brinda una vía formal para sanear las finanzas familiares sin recurrir a opciones de financiamiento informal.
