Condena a Felipe Pettinato: los fundamentos tras la pena de tres años en suspenso
El Tribunal N°14 determinó que la muerte del neurólogo Melchor Rodrigo fue producto de una "imprudencia grave" y no de un acto intencional, valorando las adicciones como atenuantes.
La justicia porteña dictó sentencia en uno de los casos más mediáticos de los últimos años. El Tribunal Oral en lo Criminal N°14 condenó a Felipe Pettinato a tres años de prisión de ejecución en suspenso por el incendio ocurrido en mayo de 2022 en su departamento del barrio de Belgrano, donde perdió la vida el neurólogo Melchor Rodrigo. Pese a la acusación inicial de la querella, los magistrados descartaron el dolo y encuadraron el hecho como una conducta negligente vinculada a un consumo problemático de sustancias.
Los motivos de una condena sin prisión efectiva
Los jueces Enrique Gamboa, Gustavo Valle y Gabriel Vega detallaron en los fundamentos del fallo que no se pudo comprobar una intención de matar. Por el contrario, definieron el accionar del imitador como una «imprudencia grave«. Según el tribunal, el siniestro se originó por un descuido al intentar encender un cigarrillo en un contexto de manipulación de sustancias inflamables.
Un punto clave que inclinó la balanza hacia una pena menor fue la actitud de Pettinato tras el inicio del fuego. Testigos presenciales, entre ellos bomberos y médicos, declararon que el joven intentó, aunque de manera deficiente, auxiliar a su amigo. El fallo destaca que Pettinato «no actuó con desaprensión ni desinterés», e incluso citan su propia confesión espontánea en el lugar de los hechos, donde admitió haberse «mandado una cagada».
Atenuantes: adicciones y contexto compartido
La sentencia hace especial hincapié en el entorno de vulnerabilidad química en el que se encontraban tanto el victimario como la víctima. Los magistrados señalaron:
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Consumo problemático: La severa adicción de Pettinato fue considerada un atenuante para amortiguar la escala penal.
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Contexto de la reunión: La defensa logró acreditar que ambos se habían reunido para consumir un medicamento estimulante denominado Rubifen, lo que brindó el marco de la tragedia.
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Situación de la víctima: El tribunal también mencionó la adicción de Rodrigo como parte del escenario que propició el desenlace fatal.
La aritmética judicial: la unificación de penas
Una de las mayores dudas del público fue la cifra exacta de la condena. Los jueces explicaron que recurrieron a una unificación con una causa previa. Pettinato ya contaba con una condena de 9 meses de prisión en suspenso por abuso sexual simple, dictada por un juzgado de San Isidro.
Al sumar los dos años propuestos por el incendio más los meses de la causa anterior, la cuenta resultó en los tres años de prisión en suspenso definitivos. Al ser una pena que no supera dicho margen, el condenado no irá a la cárcel, pero deberá cumplir estrictas reglas de conducta, incluyendo un tratamiento de rehabilitación contra las drogas y el seguimiento de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal.
| Obligaciones de la Condena | Detalle Técnico |
| Tratamiento Médico | Obligatoriedad de desintoxicación y rehabilitación. |
| Registro de ADN | Incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos por el delito previo. |
| Control Judicial | Supervisión permanente por parte del Patronato de Liberados. |
La reacción de la familia y el entorno
La familia de Melchor Rodrigo manifestó su indignación ante lo que consideran una pena insuficiente y confirmaron que apelarán la decisión ante instancias superiores. Por su parte, Tamara Pettinato defendió públicamente a su hermano a través de sus redes sociales, asegurando que la condena «no fue justa» y que el proceso judicial no logró probar fehacientemente la mecánica del hecho, insistiendo en que la acusación siempre estuvo «alejada de la realidad».
En conclusión, la justicia optó por un camino intermedio: reconoce la responsabilidad de Pettinato en la muerte del médico, pero entiende que su capacidad de autodeterminación estaba alterada por el consumo de estupefacientes, transformando un posible homicidio en un accidente evitable derivado de una negligencia extrema.
