Caso Candela: la Corte Suprema confirmó la prisión perpetua para el autor material del asesinato
El Máximo Tribunal rechazó por inadmisible el último recurso de Hugo Elbio Bermúdez. A casi 15 años del crimen que conmocionó al país, la condena por el femicidio de la menor de 11 años quedó firme.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) ratificó de manera definitiva la condena a prisión perpetua de Hugo Elbio Bermúdez, hallado culpable como autor material del femicidio de Candela Sol Rodríguez. La resolución de los magistrados Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti y Manuel García Mansilla desestimó por «inadmisible» el recurso extraordinario de queja interpuesto por la defensa del reo, clausurando así la última instancia de revisión judicial ordinaria en el fuero penal local.
Con este fallo, el máximo tribunal de la República puso fin al derrotero recursivo del principal imputado a casi quince años del secuestro y asesinato de la menor de 11 años, un hecho delictivo que alteró la agenda pública y policial de la provincia de Buenos Aires. En la misma resolución, los ministros dejaron firme la sentencia a cuatro años de prisión dictada contra Gabriel Fabián Gómez, sindicado en las instancias previas como partícipe secundario del delito de privación ilegítima de la libertad coactiva.
Un crimen que conmocionó al Conurbano Bonaerense
La tarde del lunes 22 de agosto de 2011, Candela Sol Rodríguez fue vista por última vez en las inmediaciones de su domicilio particular, ubicado en el partido de Hurlingham, en el oeste del Gran Buenos Aires. La desaparición de la niña activó un operativo de búsqueda civil y policial de magnitudes inéditas, que incluyó rastrillajes territoriales, allanamientos simultáneos y una alta exposición en los medios de comunicación masivos.
El desenlace de la búsqueda se produjo el 31 de agosto de ese mismo año, nueve días después de su desaparición. El cuerpo sin vida de la menor fue hallado en el interior de bolsas de residuos en un predio baldío de la localidad de Villa Tesei, adyacente a la Autopista del Oeste. Las pericias forenses posteriores determinaron que la víctima había sufrido asfixia mecánica y violencia física previa, confirmando la hipótesis de un cautiverio prolongado a manos de una organización criminal.
El derrotero judicial y las condenas firmes
La investigación penal preparatoria derivó en un primer juicio oral y público sustanciado en septiembre de 2017 ante el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 3 del Departamento Judicial de Morón. Durante las audiencias de debate, el cuerpo de magistrados consideró plenamente probado que Candela fue retenida contra su voluntad por una banda delictiva articulada con fines de venganza o extorsión vinculada a economías ilegales.
A partir de los elementos de prueba y testimonios ventilados en el juicio, el tribunal dictó las siguientes penas:
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Hugo Elbio Bermúdez: Condenado a la pena de prisión perpetua en calidad de autor material del delito de privación ilegítima de la libertad coactiva seguida de muerte.
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Leonardo Jara: Sancionado también con la pena máxima de prisión perpetua bajo la misma calificación legal.
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Gabriel Fabián Gómez: Condenado a la pena de cuatro años de prisión al ser considerado partícipe secundario de la maniobra de retención e inmovilización de la víctima.
La reciente resolución de la Corte Suprema recurrió a la desestimación directa del planteo de la defensa de Bermúdez. En su voto particular, el juez Ricardo Lorenzetti explicitó que el cuerpo de magistrados no ingresó al tratamiento del fondo del recurso enviado por el femicida, sino que procedió a su rechazo inmediato basándose en los requisitos técnicos de admisibilidad que rigen las presentaciones ante el tribunal.
La absolución en el segundo juicio por el caso
El entramado del caso Candela sumó un nuevo capítulo judicial en marzo de 2024, cuando se dio inicio a un segundo debate oral orientado a establecer las responsabilidades intelectuales y los nexos del narcotráfico regional con el hecho. En el banquillo de los acusados compareció Miguel Ángel “Mameluco” Villalba, un conocido jefe de organizaciones de tráfico de estupefacientes que operaba en los partidos de San Martín y Tres de Febrero.
Villalba llegó al juicio procesado bajo la imputación de haber sido el autor intelectual y el instigador del secuestro de la menor, bajo la hipótesis de que el hecho constituyó un «ajuste de cuentas» contra el padre de la niña por dinero derivado de ilícitos. Sin embargo, tras la producción de la prueba en el debate, los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal N° 6 de Morón resolvieron absolver a Villalba de todos los cargos vinculados al femicidio debido a la insuficiencia de pruebas directas que acreditaran su participación, dejando las condenas de Bermúdez y Jara como las únicas resoluciones firmes en torno a la autoría material del crimen.
