Juicio por la muerte de Diego Maradona: la revelación de un custodio complica a Leopoldo Luque

El testigo clave declaró que el exfutbolista pedía por el neurocirujano antes de morir, mientras presentaba retención de líquidos y abandono en la casa de Tigre.

El proceso judicial para esclarecer las responsabilidades penales en el fallecimiento de Diego Armando Maradona sumó un testimonio crucial que compromete la estrategia de la defensa técnica del principal acusado. Durante la reanudación de las audiencias en los Tribunales de San Isidro, Martín “Chori” Domínguez, uno de los encargados de la seguridad personal del capitán de la Selección argentina en la vivienda del barrio privado de Tigre, declaró que el deportista pedía de forma reiterada por la presencia de Leopoldo Luque. Las declaraciones del testigo expusieron la falta de controles médicos presenciales en los días previos al desenlace fatal del 25 de noviembre de 2020 y detallaron el severo deterioro físico que presentaba el paciente.

Un testimonio que desmiente la estrategia defensiva

La declaración del personal de seguridad adquirió una relevancia central en el expediente debido a la postura que sostiene el neurocirujano imputado. La defensa de Leopoldo Luque argumenta que para noviembre de 2020 el profesional ya no ejercía como el médico de cabecera del exfutbolista. Sin embargo, el relato de Domínguez ante los magistrados contradijo esa versión al confirmar que tanto el paciente como el entorno operativo de la casa reconocían a Luque como el máximo responsable de la salud del paciente.

El custodio explicó ante el tribunal que el estado de ánimo de la víctima dificultaba el manejo cotidiano de la internación domiciliaria. Según el testimonio, el ambiente dentro de la vivienda era tenso debido al aislamiento del exfutbolista, quien se negaba a higienizarse, presentaba cuadros de inapetencia y manifestaba arrebatos contra el personal presente. Ante esa situación, la cocinera del inmueble, conocida como Monona, le transmitió al personal de seguridad que el propio paciente demandaba la presencia de «su médico personal» para ser atendido. Domínguez enfatizó que el profesional médico jamás le comunicó que hubiera renunciado a la atención directa ni que hubiera delegado la responsabilidad sobre el tratamiento a otros integrantes del equipo de salud.

Advertencias ignoradas sobre el estado de salud

Durante la audiencia, la fiscalía exhibió pruebas de audio extraídas de los teléfonos celulares para reconstruir la comunicación entre el custodio y el médico imputado. En los registros reproducidos en la sala de audiencias, el testigo le notificaba al profesional que el exfutbolista presentaba síntomas evidentes de hinchazón abdominal y en las extremidades. En el material probatorio quedó asentado que el custodio asoció ese cuadro con una severa retención de líquidos, un síntoma patológico directamente vinculado con la insuficiencia cardíaca que desencadenó el paro cardiorrespiratorio final.

La respuesta brindada por el profesional médico ante el aviso del custodio consistió en atribuir la hinchazón a un proceso normal derivado del período postoperatorio por el hematoma subdural. Sin embargo, el testigo ratificó que las visitas del médico a la propiedad de Tigre eran esporádicas y no respondían al cuadro de urgencia manifestado por los empleados. Las deficiencias de la infraestructura adaptada para la internación domiciliaria quedaron expuestas cuando el custodio detalló que el paciente había perdido la capacidad de trasladarse hasta el baño principal del domicilio, motivo por el cual debieron instalar un inodoro químico dentro de la propia habitación para suplir la falta de movilidad.

Salidas no autorizadas y condiciones del entorno

Entre los datos inéditos aportados por el testigo, Domínguez reveló que cuatro días antes de su fallecimiento, el ídolo futbolístico manifestó el deseo de abandonar el encierro del inmueble. Ante la insistencia del paciente, el personal de seguridad y asistencia decidió trasladarlo en un vehículo particular para realizar un recorrido fuera de los límites del barrio privado. El testigo confirmó haber notificado inmediatamente a Luque sobre la excursión terrestre realizada el 21 de noviembre de 2020, sin que se dispusieran rectificaciones o ajustes en el protocolo de la internación domiciliaria.

El abogado representante de Dalma y Gianinna Maradona, Fernando Burlando, evaluó la jornada como una instancia clave dentro del proceso de producción de prueba. El letrado remarcó que las declaraciones del personal de seguridad sirven para probar las condiciones edilicias y sanitarias desfavorables en las que permaneció alojado la víctima en sus últimas semanas de vida. Para la querella, la acumulación de testimonios demuestra que el domicilio no contaba con la complejidad médica ni con el equipamiento necesario para abordar la patología cardíaca del paciente.

El escenario procesal en los Tribunales de San Isidro

La causa judicial principal tramita bajo la figura de homicidio simple con dolo eventual, un delito que establece una escala penal de 8 a 25 años de prisión. La acusación del Ministerio Público Fiscal abarca a siete profesionales e integrantes del equipo médico que intervinieron en la internación extrahospitalaria:

Lista de profesionales imputados en la causa principal:

  • Leopoldo Luque: Neurocirujano e imputado como médico de cabecera.

  • Agustina Cosachov: Psiquiatra tratante del paciente.

  • Carlos Díaz: Psicólogo integrante del equipo de salud mental.

  • Nancy Forlini: Médica coordinadora de la empresa de medicina privada Swiss Medical.

  • Pedro Di Spagna: Médico clínico contratado para el seguimiento presencial.

  • Ricardo Almirón: Enfermero del turno noche en el domicilio de Tigre.

  • Mariano Perroni: Coordinador del personal de enfermería de la empresa prestadora.

En paralelo a la sustanciación de este juicio técnico con tribunal colegiado, el proceso correspondiente a la enfermera Dahiana Gisela Madrid se encuentra tramitando en un expediente separado que será resuelto mediante la modalidad de jurados populares. Dicho debate paralelo permanece temporalmente suspendido a la espera de que la Cámara de Apelaciones resuelva un planteo de recusación interpuesto contra la jueza María Coelho, integrante del Tribunal Oral en lo Criminal N.º 7 de San Isidro. La continuidad de las audiencias ordinarias prevé la citación de los últimos testigos presenciales para dar paso a la lectura de la junta médica oficial que determinó la evitabilidad del deceso.