Ordenan juzgar nuevamente a una policía que había sido absuelta por un presunto gatillo fácil

 

Una agente de la Policía Federal Argentina (PFA) deberá ser juzgada nuevamente por haber matado a balazos a un joven que huía tras haber asaltado junto a un cómplice un supermercado chino del barrio porteño de Caballito en diciembre de 2016, informaron fuentes judiciales.

Se trata de Carla Daniela Céspedes (28), quien en noviembre de 2018 había sido absuelta por el crimen de Ariel Martín Santos y ahora será sometida a un nuevo debate por decisión de la Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional.

El fallo de los jueces Daniel Morín, Gustavo Bruzzone y Horacio Días contradijo al que por mayoría había decidido el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 14 que dispuso la absolución de la policía, quien durante todo el proceso estuvo en libertad.

En ese juicio, el fiscal Fernando Klappenbach había solicitado en su alegato que Céspedes sea condenada a 4 años de prisión por «exceso en el cumplimiento del deber», mientras que la querella, representada por el Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos de la Defensoría General de la Nación, requirió la pena de prisión perpetua por el delito de «homicidio agravado por haber sido cometido en abuso de su función».

El TOC 14 había condenado a 3 años de prisión en suspenso al cómplice de la víctima, Héctor Walter Corroncini, por el delito de «robo agravado», lo cual quedó confirmada en esta segunda instancia.

En la resolución de 48 páginas -a la que tuvo acceso Télam-, la Sala I determinó que «la arbitrariedad del fallo es palpable en tanto se funda en la sola voluntad de los jueces, a partir de una interpretación antojadiza de la prueba que, a su vez, se aparta del derecho aplicable».

El hecho, que quedó registrado en las cámaras de seguridad del comercio, sucedió el 22 de diciembre de 2016 en el supermercado ubicado en las calles Estivao y Ramos Mejía, en el barrio porteño de Caballito, en el que irrumpieron dos ladrones, luego identificados como Corroncini y Santos, que robaron dinero a un proveedor que estaba cobrando por la entrega de mercadería.

Céspedes, quien se hallaba adentro del supermercado y desde hacía seis meses se desempeñaba en la Policía, con su arma reglamentaria comenzó a perseguir y a disparar contra los asaltantes cuando se hallaban fuera del comercio.

Corroncini escapó hacia Ramos Mejía pero Santos –que estaba desarmado- recibió tres balazos cuando intentaba huir en una moto que había dejado en la vereda a pocos metros de la puerta del supermercado.

«Asiste razón a los recurrentes en cuanto señalan que las imágenes de video que captaron en su casi totalidad el desarrollo del suceso impiden sostener, siquiera de forma mínimamente razonable, que la conducta desplegada por la agente policial haya estado atravesada por una errónea percepción de peligro inminente que justificara el uso de la fuerza letal», afirmó el juez Bruzzone en su voto, al que adhirieron sus colegas.

Para el magistrado, «sin adoptar ninguna precaución, se parapetó en el medio de la vereda sin procurarse ninguna cobertura eficaz –a pesar de que contrariamente a lo que se afirma en el fallo, existían lugares donde ponerse a salvo- y apuntó con su arma contra Santos, que en esas particulares circunstancias no representaba ningún peligro por hallarse de espaldas a ella, visiblemente desarmado e intentando subir a su motocicleta para huir del lugar».

«Después de efectuar los cuatro o cinco disparos contra Santos, la acusada volvió a guardar el arma reglamentaria en su cartuchera, actitud que de ningún modo se compadece con la de alguien que cree fervientemente en la existencia de alguna otra fuente de peligro distinta a la del sujeto que tenía frente a sí, ya tendido en el suelo y levantando su mano en clara solicitud de clemencia», sostuvo Bruzzone.

Según la Cámara, «lo que se puede apreciar claramente en las imágenes de video es que en el momento de efectuar los disparos, no había dentro del campo visual de la acusada ningún elemento o circunstancia de la cual pudiera razonablemente inferir algún riesgo de agresión ilegítima que ameritara ser repelido».

De esta manera, la Sala I anuló la decisión recurrida, mediante el cual se dispuso la

absolución de Céspedes, y ordenó el reenvío del caso a un tribunal compuesto por jueces distintos para que sustancie un nuevo juicio a la acusada.

Cuando el TOC 14 absolvió a la policía, la madre de Santos le gritó “no te importó nada” y “lo mataste como a un perro”, en tanto amigos de la víctima le exhibieron fotografías y le advirtieron que de esa cara no se olvidarían nunca.

Al día siguiente del veredicto, Céspedes fue recibida por Patricia Bullrich, entonces ministra de Seguridad de la Nación, quien en ese momento resaltó la decisión del Tribunal porque asentaba «las bases para un nuevo paradigma con respecto al accionar policial», lo cual ahora fue objetado por la instancia superior. télam