Control de la AFIP sobre transferencias entre cuentas bancarias: lo que debes saber
Las transferencias entre cuentas bancarias son prácticas comunes, pero implican un monitoreo exhaustivo por parte de la AFIP, especialmente cuando los montos son elevados o recurrentes.
Con la creciente digitalización financiera, muchas personas realizan transferencias entre sus propias cuentas, ya sea desde un banco a una billetera virtual o entre diferentes entidades bancarias. Si bien esta práctica busca optimizar el uso del dinero, es importante tener en cuenta que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) monitorea de cerca todos estos movimientos.
Cada vez que se transfiere dinero entre cuentas bancarias, incluso si pertenecen al mismo titular, la AFIP evalúa el origen de los fondos involucrados. Este control se intensifica cuando se manejan montos considerables, obligando al usuario a presentar documentación que justifique la procedencia del dinero. Los documentos solicitados pueden incluir recibos de sueldo, comprobantes de haberes jubilatorios, facturas recientes o certificados de ingresos avalados por contadores públicos.
Las entidades financieras, como bancos y billeteras digitales, también realizan controles preventivos para evitar el lavado de dinero. Aunque estos controles suelen ser menos rigurosos para montos pequeños, los movimientos de mayor cuantía no pasan desapercibidos. Un aspecto crucial a considerar es que, a partir de septiembre, la AFIP comenzará a investigar de manera más exhaustiva a aquellos usuarios de billeteras digitales que realicen transferencias o mantengan saldos superiores a los $400.000. Además, los saldos mensuales en cuentas o billeteras no deberán exceder los $700.000 si se busca evitar el escrutinio del organismo.
Este nuevo límite surge de una actualización reciente implementada por la administración liderada por Florencia Misrahi, que también introduce un mecanismo de ajuste automático cada seis meses. Este ajuste se basa en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) publicado por el INDEC, permitiendo que los topes se mantengan actualizados de acuerdo con la inflación.