Quienes no votaron pueden realizar el trámite online para no quedar registrados como “infractores”

 

Si el elector no justifica su ausencia dentro de los 60 días, su nombre será incluido en una base de datos de acceso público llamada Registro de Infractores al Deber de Votar.

Las PASO del domingo pasado registraron un gran porcentaje de ausentismo, por lo que alrededor de 10 millones de personas que figuran en el padrón nacional y no se presentaron a votar deben realizar el trámite obligatorio ante la Justicia Electoral, que da la chance de hacerlo en forma online.

Quienes no hayan ido a votar tienen un plazo de 60 días corridos contados a partir de la votación – hasta el 12 de octubre – para presentar ante la Justicia Electoral la validez de la inasistencia a sufragar o bien pagar la multa.

Para justificar la inasistencia hay que entrar al sitio infractores.padron.gov.ar, escribir el número de documento, seleccionar el género y el distrito electoral, elegir la opción “Solicitar justificación” y seguir las instrucciones para cargar los certificados.

Las personas exentas de pagar la multa son:

  • Haber estado a más de 500 kilómetros del lugar de votación asignado y haber pedido al certificado en la comisaría correspondiente;
  • Haber cursado una enfermedad o haber estado con algún impedimento de fuerza mayo para asistir. En caso de un problema de salud, debe haber pedido un certificado médico.
  • Debió cumplir funciones en el operativo electoral, en un organismo público o en una empresa de servicios públicos que le impidieron ir a votar.

Si el elector no justifica su ausencia dentro de los 60 días, su nombre será incluido en una base de datos de acceso público llamada Registro de Infractores al Deber de Votar.

Según el Código Electoral, quienes figuren en esa lista no podrán hacer gestiones ni trámites ante organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales.

Los que estén en el Registro, según la norma, tampoco podrán ser designados en cargos o empleos públicos durante tres años a partir de la elección, si no ponen su situación en orden.

El monto de la multa dependerá de cuántas infracciones pendientes de pago tenga acumuladas el ciudadano:

  • Si no tiene infracciones previas por regularizar, son $50.
  • Si tiene una infracción previa sin regularizar, $100.
  • Si tiene dos infracciones previas sin regularizar, $200.
  • Si tiene tres infracciones previas sin regularizar, $400.
  • Si tiene cuatro o más infracciones previas sin regularizar, $500.
  • Una vez realizada la consulta en infractores.padron.gov.ar, se debe ubicar la inasistencia pendiente de regularizar y se elegir la opción “Boleta de pago multa” o “Generar boleta de pago”.

El sistema le pedirá optar por el medio de pago, ofreciendo varias opciones. La boleta se puede imprimir y pagar en Banco Nación, o en efectivo en locales de las redes Pago Fácil, Rapipago y Cobro Express. Vía PayU se puede pagar con tarjeta de crédito o de débito.