Concejo Deliberante: la importancia del cuerpo deliberativo

Debatir iniciativas, recorrer los barrios, conocer las necesidades de los vecinos y crear nuevas formas de llegar a resolver sus necesidades son algunas de las tareas de los representantes que son elegidos en el Concejo Deliberante.

El Concejo Deliberante de Almirante Brown está integrado por 24 concejales elegidos a través del voto directo, los cuales tienen un mandato de cuatro años y pueden ser reelectos. Cada dos años el HCD renueva la mitad de su cuerpo de ediles. Su sede se encuentra en la calle Pellerano 778, Adrogué.

Muchas veces surge una duda entre las palabras Consejo y Concejo. En el caso del Concejo Deliberante se escribe con “c” porque esta palabra proviene del latín concilium que significa “conciliar” en una reunión entre vecinos. No se debe confundir con consejo, término con el que se denominan las instituciones que “aconsejan”, proponen o sugieren como Consejo Escolar, Consejo Vaticano o Consejo de Defensa.

El Concejo Deliberante (Poder Legislativo Municipal), es un órgano colegiado que tiene por función dictar las ordenanzas y disposiciones del Municipio.

Corresponde a la función deliberativa municipal, reglamentar la radicación, habilitación y funcionamiento de los establecimientos comerciales e industriales, en la medida que no se opongan a las normas que al respecto dicte la Provincia y que atribuyan competencia a organismos provinciales.

El trazado, apertura, rectificación, construcción y conservación de calles, caminos, puentes, túneles, plazas y paseos públicos y las delineaciones y niveles en las situaciones no comprendidas en la competencia provincial, también son funciones del mencionado Concejo; así como también la conservación de monumentos, paisajes y valores locales de interés tradicional, turístico e histórico, la imposición de nombres a las calles y a los sitios públicos.

Las condiciones de higiene y salubridad que deben reunir los sitios públicos, los lugares de acceso público y los baldíos, son competencias de este cuerpo y es por ello que es importante que los Concejales conozcan cada rincón del distrito así como también cada barrio, para proporcionar también la instalación y el funcionamiento de establecimientos sanitarios y asistenciales; de difusión cultural y de educación física; de servicios públicos y todo otro de interés general en el partido, en la medida que no se opongan a las normas que al respecto dicte la Provincia.

La prevención y eliminación de las molestias que afecten la tranquilidad, el reposo y la comodidad de la población, en especial las de origen sonoro y lumínico, así como las trepidaciones, la contaminación ambiental y de los cursos de agua y el aseguramiento de la conservación de los recursos naturales, son entre otras cuestiones que atañen a este cuerpo, así como el tránsito de personas y de vehículos públicos y privados en las calles y caminos de jurisdicción municipal, atendiendo, en especial a los conceptos de educación, prevención, ordenamiento y seguridad, así como en particular, lo relativo a la circulación, estacionamiento, operaciones de cargas y descargas, señalización, remoción de obstáculos y condiciones de funcionamiento de los vehículos, por medio de normas concordantes con las establecidas por el Código de Tránsito de la Provincia.

En cuanto a la vía pública también se ocupa de la expedición de licencias de conductor, en las condiciones establecidas por la legislación y reglamentación provincial, el patentamiento de vehículos que circulen por la vía pública, que no estén comprendidos en regímenes nacionales o provinciales.