El caso Genaro Fortunato: una muerte que cambió la jurisprudencia
La trágica muerte de Genaro Fortunato, atropellado en San Rafael en 2017, conmocionó al país. El caso, que tuvo como protagonista a Julieta Silva, sentó un precedente judicial en materia de dolo eventual.

La madrugada del 9 de septiembre de 2017, la vida de Genaro Fortunato, un joven rugbier de San Rafael, Mendoza, se apagó de forma brutal. Julieta Silva, su novia en ese entonces, lo atropelló con su auto a la salida de un boliche, poniendo fin a una discusión. Lo que en un inicio pareció un accidente de tránsito, rápidamente se convirtió en un caso emblemático que dividió a la opinión pública y a la justicia, y que tuvo un profundo impacto en la jurisprudencia argentina.
Los hechos y el inicio de la investigación
La tragedia ocurrió a las 5:00 de la mañana, cuando Genaro y Julieta abandonaron el boliche La Mona. Tras una acalorada discusión, Genaro se bajó del Fiat Palio que manejaba Silva, quien, luego de hacer una maniobra en «U» para perseguirlo, lo embistió y lo mató en el acto. La escena fue dantesca y el caso escaló rápidamente a los medios nacionales. La fiscal de la causa, Andrea Rossi, imputó a Silva por «homicidio agravado por el vínculo y por alevosía», un delito que prevé la pena de prisión perpetua. El caso no tardó en volverse un clamor popular, con multitudinarias marchas que exigían justicia para la familia de la víctima.
Un juicio cargado de tensión y debate
El juicio contra Julieta Silva inició en septiembre de 2018. El debate se centró en la intencionalidad de su accionar. La fiscalía argumentó que Silva había actuado con alevosía, aprovechando el estado de indefensión de Fortunato para asegurarse de que no pudiera defenderse, y con la intención de causarle la muerte. La defensa, por su parte, sostuvo que se trató de un accidente y que su clienta no había visto a Genaro en la calle, argumentando que tenía una patología visual que le impedía ver con claridad por la noche. Durante el proceso, se expusieron grabaciones de las cámaras de seguridad que mostraban la maniobra del auto y los peritos viales expusieron sus conclusiones, lo que generó un intenso debate técnico y legal.
El fallo y el precedente judicial
El 11 de septiembre de 2018, el Tribunal Penal Colegiado de San Rafael dictó su veredicto. La jueza Rodolfo Luque leyó el fallo, que no convalidó la figura de homicidio agravado, sino que se inclinó por el «homicidio culposo agravado», castigando a Silva a tres años y nueve meses de prisión, lo que generó indignación en la familia Fortunato y en una parte de la sociedad. Sin embargo, en diciembre de 2019, la Corte Suprema de Mendoza revocó el fallo, cambiando la figura penal a «homicidio simple con dolo eventual» y sentenciando a la acusada a cinco años de prisión. Este último fallo fue el que sentó un precedente, ya que los jueces consideraron que, si bien la acusada no tuvo la intención directa de matar a Fortunato, sí debía haberse representado que su accionar al volante podía ocasionar la muerte de la víctima.
El caso de Genaro Fortunato no solo fue un trágico suceso, sino que también fue un antes y un después en la jurisprudencia argentina, especialmente en lo que se refiere a los delitos de tránsito. La figura del dolo eventual, que significa que una persona no busca causar un daño pero sí es consciente de que su accionar puede provocarlo, se afianzó en la justicia. El fallo de la Corte Suprema de Mendoza dejó en claro que manejar bajo los efectos del alcohol o de drogas y a gran velocidad no puede ser considerado como un simple accidente, sino que conlleva una responsabilidad penal mucho mayor.