Cristina Fernández: «Estoy ante un pelotón de fusilamiento mediático judicial»

 

El Tribunal rechazó el pedido de la vicepresidenta de ampliar su declaración indagatoria y el debate entró en cuarto intermedio hasta el 5 de septiembre.

La vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner dijo que fue puesta «ante un pelotón de fusilamiento mediático-judicial» porque el tribunal de la causa por la obra pública le negó ampliar su declaración indagatoria este martes.

«Si algo faltaba para confirmar que no estoy ante un tribunal de la Constitución, sino ante un pelotón de fusilamiento mediático-judicial, es impedirme el ejercicio del derecho de defensa ante cuestiones», sostuvo la expresidenta en Twitter.

 

«Por ello -añadió- mañana a las 11, a través de mis redes voy demostrar, justamente, por qué me están prohibiendo hablar en el juicio después del obsceno guión que montaron los fiscales».

El tribunal le negó ampliar declaración

El Tribunal Oral Federal (TOF) 2 rechazó el pedido de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner de ampliar su declaración indagatoria y el debate entró en cuarto intermedio hasta el 5 de septiembre.

El rechazo fue comunicado por el presidente de tribunal Rodrigo Giménez Uriburu tras una deliberación de 30 minutos con sus colegas Andrés Basso y Jorge Gorini, con quienes coincidió en que la próxima instancia que tiene la vicepresidenta para exponer ante el tribunal es la que se conoce como «últimas palabras».

El planteo había sido formulado de manera oral por el abogado de la exmandataria, Carlos Beraldi, quien reclamó que su defendida pueda defenderse de supuestas nuevos elementos introducidos por el fiscal Diego Luiciani en su alegato sin que antes hubieran sido debatidas en el juicio.

El planteo de Beraldi estaba basado en que en el alegato de la fiscalía se introdujeron cuestiones «fácticas» que tampoco estaban en la elevación a juicio por lo que consideraba oportuno poder responderlas antes de los alegatos restantes.

Para sostener el planteo, el abogado de la vicepresidenta invocó los artículos 303, 380 y 393 del Código Procesal penal de la Nación (CPPN) que hacen referencia a cuáles son los momentos en los que puede declarar un imputado.

«El imputado podrá declarar cuantas veces quiera, siempre que su declaración sea pertinente y no aparezca sólo como un procedimiento dilatorio o perturbador. Asimismo, el juez podrá disponer que amplíe aquella, siempre que lo considere necesario», reza el artículo 303 del CPPN.