{"id":98405,"date":"2023-11-22T00:52:31","date_gmt":"2023-11-22T03:52:31","guid":{"rendered":"https:\/\/laurbedigital.com.ar\/noticias\/?p=98405"},"modified":"2023-11-21T22:55:57","modified_gmt":"2023-11-22T01:55:57","slug":"el-teto-medina-fue-procesado-por-abuso-sexual-a-una-expareja","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/laurbedigital.com.ar\/noticias\/2023\/11\/22\/el-teto-medina-fue-procesado-por-abuso-sexual-a-una-expareja\/","title":{"rendered":"El &#8216;Teto&#8217; Medina fue procesado por abuso sexual a una expareja"},"content":{"rendered":"<p>&nbsp;<\/p>\n<h6><strong>El exconductor de radio y TV fue procesado, aunque sin prisi\u00f3n preventiva, por \u00ababuso sexual reiterado\u00bb y \u00abamenazas\u00bb. Se le imputan cuatro hechos en total, todos ocurridos en 2019.<\/strong><\/h6>\n<p>El exconductor de radio y TV Marcelo\u00a0<strong>\u00abTeto\u00bb Medina fue procesado, aunque sin prisi\u00f3n preventiva, por \u00ababuso sexual reiterado\u00bb y \u00abamenazas\u00bb a una expareja\u00a0<\/strong>por una serie de hechos ocurridos en 2019 y termin\u00f3 embargado en m\u00e1s de 20 millones de pesos, informaron este martes fuentes judiciales.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n &#8211; a la que accedi\u00f3 T\u00e9lam- fue dictada por el juez nacional en lo Criminal y Correccional 28, Mart\u00edn Del Viso, en el marco de una causa que se inici\u00f3 a partir de las denuncias de M\u00f3nica Fern\u00e1ndez, expareja de Medina, quien, en relaci\u00f3n a su ocupaci\u00f3n, est\u00e1 identificado en la causa como \u00abperiodista, operador socioterap\u00e9utico especialista en adicciones y psic\u00f3logo social en adicciones\u00bb.<\/p>\n<p>Del Viso consider\u00f3 a Medina autor de los delitos de\u00a0<strong>\u00ababuso sexual con acceso carnal reiterado en tres oportunidades\u00bb\u00a0<\/strong>(tiene penas de 6 a 15 a\u00f1os de c\u00e1rcel) y \u00abamenazas coactivas con la utilizaci\u00f3n de armas\u00bb (de 3 a 6 a\u00f1os de prisi\u00f3n o) todos en concurso real entre s\u00ed, esa decir que, ante una eventual condena, se suman las penas.<\/p>\n<p>En el inicio de su resoluci\u00f3n el juez hizo una s\u00edntesis de las dificultades y vaivenes judiciales que tuvo la causa por cuestiones de dificultad probatoria o de competencia, hasta recaer en su juzgado.<\/p>\n<p>Incluso, record\u00f3 que la propia fiscal\u00eda que llevaba adelante la investigaci\u00f3n dictamin\u00f3 en alg\u00fan momento a favor del sobreseimiento de Medina, por lo que s\u00f3lo avanz\u00f3 con el impulso de la querella, representada por el abogado Alejandro Cipolla.<\/p>\n<p>A Medina se le imputan cuatro hechos, todos ocurridos en 2019: uno de ellos en un hotel alojamiento llamado \u00abVenus\u00bb del barrio porte\u00f1o de Villa del Parque, otro en el hotel \u00abCrist\u00f3foro Colombo\u00bb de Palermo, otro en un domicilio de la localidad bonaerense de Jos\u00e9 M\u00e1rmol y el \u00faltimo, donde exhibi\u00f3 armas, dentro de un autom\u00f3vil cuando circulaban por la Capital Federal.<\/p>\n<p>Los detalles de todos estos eventos ser\u00e1n resguardados para preservar la intimidad de la denunciante, aunque en uno de los p\u00e1rrafos de la resoluci\u00f3n el juez Del Viso resalt\u00f3 que\u00a0<strong>la propia v\u00edctima expres\u00f3 que \u00abMedina ten\u00eda muchas actitudes retorcidas durante la pr\u00e1ctica sexual<\/strong>\u00ab.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de procesarlo, Del Viso dispuso dictar contra Medina una perimetral a partir de la cual el conductor televisivo\u00a0<strong>no puede acercarse a menos de 500 metros de Fern\u00e1ndez y de su entorno familiar por el tiempo que dure el proceso<\/strong>, medida argumentada en el marco de la Ley 26.485 de Protecci\u00f3n Integral de la Mujer.<\/p>\n<p>El magistrado aclara que esa prohibici\u00f3n de contacto tambi\u00e9n incluye \u00abtel\u00e9fonos fijos y\/o celulares, el env\u00edo de mensajes de texto, WhatsApp, y\/o correo electr\u00f3nico, Facebook, Tik Tok y\/u otras redes sociales, o por intermedio de terceras personas\u00bb.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n dispuso\u00a0<strong>trabar un embargo por 20.258.430 pesos, sobre los bienes del acusado,<\/strong>\u00a0en funci\u00f3n una eventual indemnizaci\u00f3n civil y otros gastos del proceso.<\/p>\n<p>\u00abEl comportamiento denunciado asume\u00a0<strong>una clara modalidad de violencia f\u00edsica, psicol\u00f3gica y principalmente sexual<\/strong>\u00ab, resalt\u00f3 el magistrado al referirse a los hechos denunciados.<\/p>\n<p>Del Viso explic\u00f3 que \u00abson ciertas las complejidades que presentan los delitos de la especie, pues en su mayor\u00eda ocurren en \u00e1mbitos de la intimidad desprovistos a priori de otras pruebas que no fuera la denuncia de la agraviada\u00bb.<\/p>\n<p>Pero remarc\u00f3 que \u00abla versi\u00f3n de la querellante se mostr\u00f3, a\u00fan con sus vaivenes, siempre orientada en dar a conocer su padecer y si bien pudo incurrir en ciertas inconsistencias no debe olvidarse que debi\u00f3 referirse en m\u00e1s de una ocasi\u00f3n a situaciones que fueran disruptivas para su psiquismo, pues as\u00ed lo dio a entender su propio terapeuta\u00bb.<\/p>\n<p>Y resalt\u00f3 que \u00abbrind\u00f3 un\u00a0<strong>detallado cuadro de los ataques que padeciera a instancias del imputado y pudo ubicarlos en tiempo y espacio<\/strong>\u00ab.<\/p>\n<p>En sus declaraciones indagatorias, \u00abTeto\u00bb siempre se defendi\u00f3 argumentando que las denuncias eran falsas \u00abpor despecho\u00bb y que todas las pr\u00e1cticas sexuales que mantuvo con Fern\u00e1ndez contaban con su consentimiento, pero el juez lo descart\u00f3 por el simple hecho de<strong>\u00a0creer en la palabra de la v\u00edctima y en la \u00absecuelas que padeciera<\/strong>\u00ab.<\/p>\n<p><strong>\u00abPara volver al consentimiento que Medina dijo ha mediado en cada encuentro con Fern\u00e1ndez, entiendo que su ausencia no solo despunta de lo expresado por la propia mujer<\/strong>\u00a0en este sentido y cuya negativa debe ser evaluada con la amplitud probatoria que exige la ley 26.485, sino que la argumentaci\u00f3n de la defensa resulta contradictoria con las constancias de la causa\u00bb, argument\u00f3 Del Viso. \u00abSi bien no existieron testigos directos de los hechos, propio a la naturaleza de los casos en los que se victimiza sexualmente a una mujer, debe decirse que no se advierten se\u00f1ales que habiliten a dudar sobre la versi\u00f3n de la v\u00edctima. Por el contrario, se acumularon suficientes indicios serios, graves y concordantes que convencen sobre la positiva ocurrencia de los sucesos\u00bb, concluy\u00f3 el juez.<\/p>\n<p>En septiembre del a\u00f1o pasado, \u00abTeto\u00bb Medina, quien se hizo conocido por su paso en el programa Videomatch en la d\u00e9cada del &#8217;90, pas\u00f3 seis d\u00edas detenido hasta que fue excarcelado, en el marco de una causa tramitada por la Justicia de Quilmes en la que se lo acusa de \u00abasociaci\u00f3n il\u00edcita, reducci\u00f3n a la servidumbre, trabajo forzoso, abandono de persona y usurpaci\u00f3n de autoridad y de t\u00edtulo\u00bb en la comunidad terap\u00e9utica \u00abLa Raz\u00f3n de Vivir\u00bb, donde viv\u00edan j\u00f3venes con consumos problem\u00e1ticos de drogas.<\/p>\n<p>Medina contin\u00faa ligado a esa causa que fue instruida por la Unidad Fiscal de Delitos Conexos a la Trata de Personas, Pornograf\u00eda Infantil y Grooming de Berazategui , a cargo del fiscal Daniel Ichazo, pero que en este momento est\u00e1 bajo la revisi\u00f3n de la Suprema Corte de Justicia bonaerense para ver si pasa al fuero federal, ya que se analiza tambi\u00e9n la figura de la \u00abtrata de personas\u00bb.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; El exconductor de radio y TV fue procesado, aunque sin prisi\u00f3n preventiva, por \u00ababuso sexual reiterado\u00bb y \u00abamenazas\u00bb. 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