{"id":88838,"date":"2023-03-01T08:29:42","date_gmt":"2023-03-01T11:29:42","guid":{"rendered":"https:\/\/laurbedigital.com.ar\/noticias\/?p=88838"},"modified":"2023-02-28T22:34:17","modified_gmt":"2023-03-01T01:34:17","slug":"la-defensa-de-los-acusados-piden-la-abosulucion-por-el-femicidio-de-lucia-perez","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/laurbedigital.com.ar\/noticias\/2023\/03\/01\/la-defensa-de-los-acusados-piden-la-abosulucion-por-el-femicidio-de-lucia-perez\/","title":{"rendered":"La defensa de los acusados piden la abosuluci\u00f3n por el femicidio de Luc\u00eda P\u00e9rez"},"content":{"rendered":"<p>&nbsp;<\/p>\n<h6><strong>La abogada de Mat\u00edas Far\u00edas asegur\u00f3 que la falta de consentimiento por parte de la adolescente de 16 a\u00f1os \u00abno pudo ser probada ni remotamente\u00bb y que consumi\u00f3 coca\u00edna \u00abvoluntariamente\u00bb. A su vez\u00a0el defensor de Juan Pablo Offidani, el otro imputado, asegur\u00f3 que \u00aben esta causa no hay nada\u00bb.<\/strong><\/h6>\n<p>Las defensas de los dos acusados de violar y asesinar a Luc\u00eda P\u00e9rez en Mar del Plata, en octubre de 2016, consideraron que no existi\u00f3 el delito imputado y pidieron la absoluci\u00f3n de ambos, en el cierre de los alegatos del segundo juicio por el caso, cuya\u00a0<strong>sentencia se dar\u00e1 a conocer el pr\u00f3ximo 17 de marzo<\/strong>.<\/p>\n<p><strong>Tanto Mar\u00eda Laura Solari, defensora oficial del principal acusado Mat\u00edas Far\u00edas (29), como el abogado de Juan Pablo Offidani (47), Cesar Sivo<\/strong>, consideraron que en el proceso realizado ante el Tribunal Oral en lo Criminal 2 marplatense no pudo acreditarse que haya existido un abuso sexual y subrayaron que, de acuerdo a peritos, la causa m\u00e1s probable de la muerte de la menor fue una asfixia t\u00f3xica por el consumo de coca\u00edna.<\/p>\n<h4><strong>Rechazo de la acusaci\u00f3n<\/strong><\/h4>\n<p>Ambas defensas rechazaron la acusaci\u00f3n de la fiscal\u00eda y de las representantes de la familia de Luc\u00eda, que en sus alegatos presentados el \u00faltimos jueves hab\u00edan pedido que ambos fueran condenados por el delito de \u00ababuso sexual con acceso carnal agravado por resultar la muerte de la persona ofendida, por el suministro de estupefacientes y en el marco de un contexto de violencia de g\u00e9nero, en concurso ideal con femicidio\u00bb.<\/p>\n<p>Cuestionaron adem\u00e1s la actuaci\u00f3n de la fiscal Mar\u00eda Isabel S\u00e1nchez, quien tuvo a su cargo la investigaci\u00f3n en su inicio y fue quien sostuvo que la adolescente de 16 a\u00f1os hab\u00eda sido \u00abempalada\u00bb y muerto a causa del dolor producido por un abuso.<\/p>\n<p>Tras el cierre de los alegatos, ambos acusados expresaron sus \u00faltimas palabras ante los jueces Gustavo Fissore, Roberto Falcone y Alexis Simaz, quienes dar\u00e1n a conocer su fallo el pr\u00f3ximo viernes 17, desde las 12.<\/p>\n<p>Far\u00edas, para quien la fiscal\u00eda y la acusaci\u00f3n particular pidieron la prisi\u00f3n perpetua por considerarlo autor, dijo de manera remota desde la Unidad Penal de Florencio Varela donde est\u00e1 detenido, que respaldaba los argumentos de su defensora: \u00abSolo quiero decir que las cosas sucedieron como dijeron mis abogadas\u00bb.<\/p>\n<p>Offidani, en tanto, sostuvo desde la Unidad Penal de Bat\u00e1n que ten\u00eda\u00a0<strong>\u00abla conciencia tranquila\u00bb<\/strong>\u00a0de haber hecho \u00abtodo lo posible para llegar r\u00e1pidamente\u00bb a la sala de salud del barrio Serena a la que fue trasladada sin vida Luc\u00eda, y \u00abpara brindarle asistencia\u00bb.<\/p>\n<p><strong>\u00abNo tengo conocimiento para saber en qu\u00e9 estado estaba o lleg\u00f3, y tengo confianza de que se va a resolver la situaci\u00f3n con la verdad\u00bb<\/strong>, agreg\u00f3.<\/p>\n<h4><strong>Alegatos de las defensas<\/strong><\/h4>\n<p>Los alegatos de las defensas se iniciaron minutos despu\u00e9s de las 9 en el sexto piso de los tribunales, y Solari fue la primera en sostener que \u00abno existi\u00f3 delito alguno\u00bb, al considerar que la falta de consentimiento por parte de la menor \u00abno pudo ser probada ni remotamente\u00bb.<\/p>\n<p>Respecto de ese punto, dijo que \u00abno hay un solo dato\u00bb que indique \u00abque Luc\u00eda no consinti\u00f3 esas relaciones sexuales\u00bb.<\/p>\n<p>Cuestion\u00f3 en el comienzo de su argumentaci\u00f3n la actuaci\u00f3n de S\u00e1nchez, reprodujo algunas de sus declaraciones en el arranque del caso, y dijo que \u00abes la \u00fanica persona que debiera estar sentada hoy aqu\u00ed\u00bb, porque \u00abtodo lo que hizo gener\u00f3 una situaci\u00f3n y un dolor inconmensurables\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abTodo lo que afirm\u00f3 en el comienzo es falso y no existir\u00e1 forma de borrar esa idea\u00bb, dijo Solari, y en l\u00ednea con lo que hab\u00eda adelantado en la apertura del juicio el \u00faltimo 7 de febrero, afirm\u00f3 que el empalamiento \u00abjam\u00e1s ocurri\u00f3\u00bb y que \u00absin pruebas en qu\u00e9 sustentarse se sigui\u00f3 buscando al violador serial\u00bb.<\/p>\n<p>Al analizar las pruebas presentadas, dijo que Luc\u00eda\u00a0<strong>\u00abtom\u00f3 libremente y bajo ninguna presi\u00f3n la decisi\u00f3n de ir a encontrarse\u00bb<\/strong>\u00a0con Far\u00edas en la ma\u00f1ana del 8 de octubre 2016, al d\u00eda siguiente de conocerse.<\/p>\n<p>Se\u00f1al\u00f3 que \u00abes absolutamente falso lo sostenido\u00bb por el fiscal que interviene en este juicio, Leandro Ar\u00e9valo, \u00aben cuanto a la insistencia de Far\u00edas\u00bb para que ella fuera a su casa.<\/p>\n<p>La defensora repas\u00f3 los \u00faltimos chats mantenidos entre el acusado y Luc\u00eda, y asegur\u00f3 que fue ella quien busc\u00f3 reunirse con \u00e9l, que no lo hizo \u00abmotivada por estupefaciente alguno\u00bb, y que \u00abde hecho, ya contaba con drogas en su poder\u00bb.<\/p>\n<p>Resalt\u00f3 adem\u00e1s que el cuerpo no presentaba \u00abning\u00fan signo de ataduras, ning\u00fan golpe\u00bb ni \u00abnada que haga pensar que hubiese sido sometida\u00bb.<\/p>\n<p>En cuanto a la muerte, se\u00f1al\u00f3 que la principal hip\u00f3tesis expuesta por peritos de la Asesor\u00eda Penal de la Suprema Corte bonaerense \u00abante la ausencia de lesiones y la presencia de marihuana y coca\u00edna en todos los fluidos de Luc\u00eda\u00bb, apuntaba como causa \u00abaltamente probable\u00bb a una \u00abasfixia t\u00f3xica que deriv\u00f3 en una congesti\u00f3n pulmonar y edema\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abNo existe ninguna prueba de que Far\u00edas le dio droga a Luc\u00eda esa ma\u00f1ana\u00bb, insisti\u00f3 la defensora, quien agreg\u00f3 que, si incluso se la hubiera suministrado, \u00abfue consumida voluntariamente\u00bb y que \u00e9l \u00abjam\u00e1s pudo representarse el resultado fatal\u00bb.<\/p>\n<p>Tras un cuarto intermedio, present\u00f3 su alegato el defensor de Offidani, quien asegur\u00f3 que \u00aben esta causa no hay nada\u00bb y comparti\u00f3 los argumentos de la defensora oficial.<\/p>\n<p>Sostuvo a su vez que \u00abla prueba muestra que hubo consentimiento\u00bb y que \u00abel resultado muerte no es resultado de la relaci\u00f3n sexual\u00bb.<\/p>\n<p>Asegur\u00f3 que en este segundo proceso estuvo \u00abviolentado el principio de la defensa\u00bb en juicio y dijo que los jueces \u00abtienen que absolver, no queda otro camino\u00bb.<\/p>\n<p>Cuestion\u00f3 los \u00abrulos interpretativos\u00bb realizados por las abogadas de los padres de Luc\u00eda, y los recursos \u00abtribuneros\u00bb de la fiscal\u00eda, basadas en \u00abpuros prejuicios\u00bb.<\/p>\n<p>Subray\u00f3 adem\u00e1s respecto de la imputaci\u00f3n de Offidani, que \u00e9l \u00abno estuvo en el interior de la casa\u00bb de Racedo al 4800, en la que la menor mantuvo un encuentro con Far\u00edas, y en ese sentido, rechaz\u00f3 tanto la acusaci\u00f3n fiscal como \u00abparticipe secundario\u00bb y su pedido de 20 a\u00f1os de c\u00e1rcel, como la del particular damnificado, que pidi\u00f3 perpetua por entender que su participaci\u00f3n fue \u00abnecesaria\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abProbatoriamente no hay nada contra Offidani\u00bb, dijo, y agreg\u00f3 que \u00abel \u00fanico camino respecto de \u00e9l es la absoluci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p>De acuerdo con la instrucci\u00f3n de la causa, Luc\u00eda hab\u00eda conocido a ambos acusados un d\u00eda antes de su muerte, cuando se acercaron a la Escuela Media 3 local a venderle un cigarrillo de marihuana.<\/p>\n<p>Durante el primer juicio, en noviembre de 2018 ante el TOC 1, ambos fueron condenados a ocho a\u00f1os de prisi\u00f3n por los jueces Facundo G\u00f3mez Urso, Pablo Vi\u00f1as y Aldo Carnevale, pero solo por la venta de drogas en la puerta de la escuela y fueron absueltos del resto de los cargos.<\/p>\n<p>La Sala IV del Tribunal de Casaci\u00f3n bonaerense revoc\u00f3 esas absoluciones en agosto de 2020, dispuso la \u00abnulidad\u00bb del juicio y orden\u00f3 la realizaci\u00f3n de uno nuevo, resoluci\u00f3n que fue confirmada un a\u00f1o m\u00e1s tarde por la Corte provincial.<\/p>\n<p><strong>Atenci\u00f3n, contenci\u00f3n y asesoramiento en situaciones de violencia de g\u00e9nero<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Por llamada gratuita las 24 hs\u00a0<a href=\"tel:144\">L\u00ednea 144<\/a><\/li>\n<li>Por WhatsApp\u00a0<a href=\"tel:+5491127716463\">11-2771-6463<\/a>.<\/li>\n<li>Por mail a\u00a0<a href=\"mailto:linea144@mingeneros.gob.ar\">linea144@mingeneros.gob.ar<\/a><\/li>\n<li>Descargando la\u00a0<a href=\"https:\/\/www.argentina.gob.ar\/aplicaciones\/linea-144-atencion-mujeres-y-LGBTI\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">app<\/a><\/li>\n<\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; La abogada de Mat\u00edas Far\u00edas asegur\u00f3 que la falta de 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