{"id":13135,"date":"2018-05-14T15:55:39","date_gmt":"2018-05-14T18:55:39","guid":{"rendered":"http:\/\/laurbedigital.com.ar\/noticias\/?p=13135"},"modified":"2018-05-14T15:59:37","modified_gmt":"2018-05-14T18:59:37","slug":"las-principales-leyes-los-delitos-informaticos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/laurbedigital.com.ar\/noticias\/2018\/05\/14\/las-principales-leyes-los-delitos-informaticos\/","title":{"rendered":"Las principales leyes de los delitos inform\u00e1ticos"},"content":{"rendered":"<p>Al hacer distintos cursos sobre inform\u00e1tica, una de las cosas que primero se percibe es la poca informaci\u00f3n disponible sobre las leyes a nivel latinoamericano.<\/p>\n<p>Por lo tanto, en muchos casos tanto usuarios como peritos tienen que realizar un trabajo casi de investigaci\u00f3n para conocer qu\u00e9 leyes existen y qu\u00e9 garantizan, ya que la informaci\u00f3n no esta tan a mano c\u00f3mo se esperar\u00eda.<\/p>\n<p>A nivel mundial, cuando se habla de \u201cdelito inform\u00e1tico\u201d se implican actividades criminales que los pa\u00edses han tratado de encuadrar en figuras de car\u00e1cter tradicional, tales como robos, hurtos, fraudes, estafas y sabotajes. En algunos pa\u00edses, como Argentina, esto gener\u00f3 que no se creen nuevas leyes, sino que se fueran modificando.<\/p>\n<p>De manera general, \u00a0se puede decir que existen cuatro leyes que se encargan de enmarcar distintas figuras delictivas del mundo digital:<\/p>\n<p>Ley de Protecci\u00f3n de Datos Personales (Ley 25326): Se caracteriza por definir principios generales relativos a la protecci\u00f3n de datos. Esto abarca desde derechos de los titulares hasta las figuras de usuarios y responsables de archivos, registros y bancos de datos. El control, las sanciones, la acci\u00f3n de protecci\u00f3n de los datos personales e inclusive el spam est\u00e1n vinculados a esta Ley.<\/p>\n<p>Ley de Propiedad Intelectual (Ley 11.723): Establece el r\u00e9gimen legal de la propiedad intelectual, es decir, act\u00faa sobre las obras cient\u00edficas, literarias y art\u00edsticas. Adem\u00e1s, comprende los \u201cescritos de toda naturaleza y extensi\u00f3n, entre ellos los programas de computaci\u00f3n fuente y objeto\u201d.<\/p>\n<p>Ley de Delitos Inform\u00e1ticos (Ley 388): Esta no es una ley especial que regula este tipo de delitos en un cuerpo normativo separado del C\u00f3digo Penal con figuras propias y espec\u00edficas, sino una ley que modifica, sustituye e incorpora figuras t\u00edpicas a diversos art\u00edculos actualmente en vigencia, con el objeto de regular las nuevas tecnolog\u00edas como medios de comisi\u00f3n de delitos previstos en el C\u00f3digo.<\/p>\n<p>Principalmente incluye temas como:<\/p>\n<p>Distribuci\u00f3n y tenencia con fines de distribuci\u00f3n de pornograf\u00eda infantil<\/p>\n<p>Violaci\u00f3n de correos electr\u00f3nicos<\/p>\n<p>Acceso ileg\u00edtimo a sistemas inform\u00e1ticos<\/p>\n<p>Da\u00f1o inform\u00e1tico y distribuci\u00f3n de c\u00f3digos maliciosos<\/p>\n<p>Interrupci\u00f3n de comunicaciones o DoS<\/p>\n<p>Ley de Grooming (Ley 26.904): Esta ley sancionada en noviembre de 2013, tras una intensa campa\u00f1a de organizaciones a favor, pena un delito que sigue en alarmante aumento. Seg\u00fan su Art\u00edculo 1\u00b0, que se incorpor\u00f3 como art\u00edculo 131 al C\u00f3digo Penal: \u201cSer\u00e1 penado con prisi\u00f3n de seis (6) meses a cuatro (4) a\u00f1os el que, por medio de comunicaciones electr\u00f3nicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnolog\u00eda de transmisi\u00f3n de datos, contactare a una persona menor de edad, con el prop\u00f3sito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma\u201d.<\/p>\n<p>Ley delitos inform\u00e1ticos<\/p>\n<p>Ahora bien, si en alg\u00fan momento deseas participar en un proceso legal como perito inform\u00e1tico, o si simplemente quieres saber la situaci\u00f3n legal en el pa\u00eds, seguramente las siguientes tem\u00e1ticas y art\u00edculos del C\u00f3digo procesal penal te sean de utilidad:<\/p>\n<p>Con respecto a la facultad de ordenar las pericias<\/p>\n<p>Art. 253: \u201cEl juez podr\u00e1 ordenar pericias siempre que para conocer o apreciar alg\u00fan hecho o circunstancia pertinente a la causa, sean necesarios o convenientes conocimientos especiales en alguna ciencia, arte o t\u00e9cnica\u201d.<\/p>\n<p>Calidad habilitante<\/p>\n<p>Art. 254: \u201cLos peritos deber\u00e1n tener t\u00edtulo de tales en la materia a que pertenezca el punto sobre el que han de expedirse y estar inscriptos en las listas formadas por el \u00f3rgano judicial competente. Si no estuviere reglamentada la profesi\u00f3n, o no hubiere peritos diplomados o inscriptos, deber\u00e1 designarse a persona de conocimiento o pr\u00e1ctica reconocidos\u201d.<\/p>\n<p>Incapacidad e incompatibilidad<\/p>\n<p>Art. 255: \u201cNo podr\u00e1n ser peritos: los incapaces; los que deban o puedan abstenerse de declarar como testigos o que hayan sido citados como tales en la causa; los que hubieren sido eliminados del registro respectivo por sanci\u00f3n; los condenados o inhabilitados\u201d.<\/p>\n<p>Excusaci\u00f3n y recusaci\u00f3n<\/p>\n<p>Art. 256: \u201cSin perjuicio de lo dispuesto en el art\u00edculo anterior, son causas legales de excusaci\u00f3n y recusaci\u00f3n de los peritos las establecidas para los jueces. El incidente ser\u00e1 resuelto por el juez, o\u00eddo el interesado y previa averiguaci\u00f3n sumaria, sin recurso alguno\u201d.<\/p>\n<p>Obligatoriedad del cargo<\/p>\n<p>Art. 257: \u201cEl designado como perito tendr\u00e1 el deber de aceptar y desempe\u00f1ar fielmente el cargo, salvo que tuviere un grave impedimento. En este caso, deber\u00e1 ponerlo en conocimiento del juez, al ser notificado de la designaci\u00f3n. Si no acudiere a la citaci\u00f3n o no presentare el informe a debido tiempo, sin causa justificada, incurrir\u00e1 en las responsabilidades se\u00f1aladas para los testigos por los Art. 154 y 247. Los peritos no oficiales aceptar\u00e1n el cargo bajo juramento\u201d.<\/p>\n<p>Nombramiento y notificaci\u00f3n<\/p>\n<p>Art. 258: \u201cEl juez designar\u00e1 de oficio a un perito, salvo que considere indispensable que sean m\u00e1s. Lo har\u00e1 entre los que tengan el car\u00e1cter de peritos oficiales; si no los hubiere, entre los funcionarios p\u00fablicos que, en raz\u00f3n de su t\u00edtulo profesional o de su competencia, se encuentren habilitados para emitir dictamen acerca del hecho o circunstancia que se quiere establecer. Notificar\u00e1 esta resoluci\u00f3n al ministerio fiscal, a la parte querellante y a los defensores antes que se inicien las operaciones periciales, bajo pena de nulidad, a menos que haya suma urgencia o que la indagaci\u00f3n sea extremadamente simple. En estos casos, bajo la misma sanci\u00f3n, se les notifica que se realiza la pericia, que puedan hacer examinar sus resultados por medio de otro perito y pedir, si fuere posible, su reproducci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>Facultad de proponer<\/p>\n<p>Art. 259: \u201cEn el t\u00e9rmino de tres (3) d\u00edas, a contar de las respectivas notificaciones previstas en el Art. anterior, cada parte podr\u00e1 proponer, a su costa, otro perito legalmente habilitado, conforme a lo dispuesto en el Art. 254\u201d.<\/p>\n<p>Directivas<\/p>\n<p>Art. 260: \u201cEl juez dirigir\u00e1 la pericia, formular\u00e1 concretamente las cuestiones a elucidar, fijar\u00e1 el plazo en que ha de expedirse el perito y, si lo juzgare conveniente, asistir\u00e1 a las operaciones. Podr\u00e1 igualmente autorizar al perito para examinar las actuaciones o para asistir a determinados actos procesales\u201d.<\/p>\n<p>Conservaci\u00f3n de objetos<\/p>\n<p>Art. 261: \u201cTanto el juez como los peritos procurar\u00e1n que las cosas a examinar sean en lo posible conservadas, de modo que la pericia pueda repetirse. Si fuere necesario destruir o alterar los objetos analizados o hubiere discrepancias sobre el modo de conducir las operaciones, los peritos deber\u00e1n informar al juez antes de proceder\u201d.<\/p>\n<p>Ejecuci\u00f3n. Peritos nuevos<\/p>\n<p>Art. 262: \u201cLos peritos practicar\u00e1n unidos el examen, deliberar\u00e1n en sesi\u00f3n secreta, a la que solo podr\u00e1 asistir el juez, y si estuvieren de acuerdo redactar\u00e1n su informe en com\u00fan. En caso contrario, har\u00e1n por separado sus respectivos dict\u00e1menes. Si los informes discreparen fundamentalmente, el juez podr\u00e1 nombrar m\u00e1s peritos, seg\u00fan la importancia del caso, para que los examinen e informen sobre su m\u00e9rito o, si fuere factible y necesario, realicen otra vez la pericia\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Al hacer distintos cursos sobre inform\u00e1tica, una de las cosas que primero se percibe es la poca informaci\u00f3n disponible sobre<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":13136,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"kia_subtitle":"","footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":true,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"font":"","enabled":false},"version":2},"jetpack_post_was_ever_published":false},"categories":[15],"tags":[],"class_list":["post-13135","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-tendencias"],"jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/laurbedigital.com.ar\/noticias\/wp-content\/uploads\/2018\/05\/20180514-brown2.jpg","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/laurbedigital.com.ar\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/13135","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/laurbedigital.com.ar\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/laurbedigital.com.ar\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/laurbedigital.com.ar\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/laurbedigital.com.ar\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=13135"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/laurbedigital.com.ar\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/13135\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":13141,"href":"https:\/\/laurbedigital.com.ar\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/13135\/revisions\/13141"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/laurbedigital.com.ar\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/media\/13136"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/laurbedigital.com.ar\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=13135"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/laurbedigital.com.ar\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=13135"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/laurbedigital.com.ar\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=13135"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}