{"id":100175,"date":"2023-12-29T03:04:02","date_gmt":"2023-12-29T06:04:02","guid":{"rendered":"https:\/\/laurbedigital.com.ar\/noticias\/?p=100175"},"modified":"2023-12-29T03:04:02","modified_gmt":"2023-12-29T06:04:02","slug":"casacion-absolvio-y-libero-a-los-condenados-a-perpetua-por-el-femicidio-de-araceli-fulles","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/laurbedigital.com.ar\/noticias\/2023\/12\/29\/casacion-absolvio-y-libero-a-los-condenados-a-perpetua-por-el-femicidio-de-araceli-fulles\/","title":{"rendered":"Casaci\u00f3n absolvi\u00f3 y liber\u00f3 a los condenados a perpetua por el femicidio de Araceli Fulles"},"content":{"rendered":"<p>&nbsp;<\/p>\n<h6><strong>El fallo de la Sala I benefici\u00f3 a Carlos Cassalz, Marcelo Escobedo y Hugo Caba\u00f1as, condenados a prisi\u00f3n perpetua dos a\u00f1os atr\u00e1s por el femicidio de\u00a0Araceli Fulles, ocurrido en 2017 en la localidad de Jos\u00e9 Le\u00f3n Su\u00e1rez. El Tribunal objet\u00f3 la labor de uno de los peritos de parte que aport\u00f3 pruebas \u00abfundamentales\u00bb para el caso,\u00a0el adiestrador canino Marcos Herrero.<\/strong><\/h6>\n<p>Los tres hombres que hab\u00edan sido condenados a prisi\u00f3n perpetua en 2021 por el femicidio de la joven Araceli Fulles, asesinada en 2017 en la localidad de Jos\u00e9 Le\u00f3n Su\u00e1rez,\u00a0<strong>fueron absueltos por el Tribunal de Casaci\u00f3n bonaerense, en un fallo en el que critic\u00f3 a los jueces de primera instancia por darle credibilidad a las pruebas aportadas por un adiestrador canino que actu\u00f3 como perito de parte y que fue duramente cuestionado por su intervenci\u00f3n en otras causas de repercusi\u00f3n p\u00fablica<\/strong>, informaron fuentes judiciales.<\/p>\n<p>El fallo de la Sala I benefici\u00f3 a los condenados Carlos Dami\u00e1n Cassalz, Marcelo Ezequiel Escobedo y Hugo Mart\u00edn Caba\u00f1as, quienes recibieron la inmediata libertad.<\/p>\n<p>Los jueces Daniel Carral, V\u00edctor Violini y Ricardo Maidana cuestionaron la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 3 de San Mart\u00edn y absolvieron por mayor\u00eda a los acusados, al validar la apelaci\u00f3n de la defensa oficial que cont\u00f3 con el apoyo de la organizaci\u00f3n de derechos humanos Innocence Project bajo la figura de \u00abamigos del tribunal\u00bb (amicus curiae).<\/p>\n<p>Es que, en minor\u00eda,\u00a0<strong>el camarista Maidana propuso sin \u00e9xito anular el juicio realizado en 2021 en el que se dict\u00f3 un veredicto condenatorio y realizar un nuevo debate<\/strong>.<\/p>\n<p>De todas formas, de manera un\u00e1nime, los tres jueces cuestionaron, entre otros puntos, la labor de uno de los peritos de parte que aport\u00f3 pruebas fundamentales para el caso, el adiestrador canino Marcos Herrero.<\/p>\n<p>\u00abEl tribunal ignora la complejidad del planteo que hizo la defensa sobre la actuaci\u00f3n de Marcos Herrero, pues era claro que no se limitaba a los aspectos puramente formales de su intervenci\u00f3n (como el cumplimiento de los protocolos sugeridos en la b\u00fasqueda de personas, los avales del instructor, las certificaciones de su perro particular o la rigurosidad cient\u00edfica de su m\u00e9todo, aunque estos cuestionamientos tambi\u00e9n se hicieron y no fueron respondidos con seriedad, ya de por s\u00ed no menores), sino sobre el temor fundado de que su actuaci\u00f3n haya sido ileg\u00edtima\u00bb, dijeron en el fallo.<\/p>\n<p>Luego, criticaron con \u00e9nfasis \u00ablas consecuencias directas\u00bb que tuvo la actuaci\u00f3n de ese perito \u00aben la formulaci\u00f3n de la hip\u00f3tesis acusatoria y en la propia existencia de la prueba de cargo esencial que se valor\u00f3 en contra de los acusados, pues, en definitiva, la constataci\u00f3n del olor de la v\u00edctima dentro del corral\u00f3n depende de la fiabilidad que se asigne a las afirmaciones de Marcos Herrero, cuando dijo que su perro le comunic\u00f3 el reconocimiento de aquel olor\u00bb, asegur\u00f3.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el juez record\u00f3 que un tribunal mendocino lo \u00abencontr\u00f3 culpable por plantar evidencia falsa en la b\u00fasqueda de Viviana Luna, al ser contratado por su familia en la provincia de Mendoza\u00bb y recibi\u00f3 una pena de 8 meses de prisi\u00f3n condicional.<\/p>\n<p>\u00abSe dio por probado que su perro &#8216;hall\u00f3&#8217; restos \u00f3seos que pertenec\u00edan al mismo esqueleto que el de otros huesos tambi\u00e9n &#8216;encontrados&#8217; por Marcos Herrero en la provincia de Santa Cruz, durante un procedimiento de b\u00fasqueda similar\u00bb, sostuvo Carral, quien tambi\u00e9n se refiri\u00f3 a que el mismo perito encontr\u00f3 una \u00abpiedra turmalina dentro de un m\u00f3vil de la UPPL de Bah\u00eda Blanca (polic\u00eda local)\u00bb, en el marco de la investigaci\u00f3n por la muerte de Facundo Astudillo Castro en plena pandemia por el coronavirus.<\/p>\n<p>Para el magistrado, \u00abresulta inexplicable que los jueces no hayan examinado los antecedentes de Marcos Herrero, ni la posibilidad de que haya sido \u00e9l quien coloc\u00f3, de manera intencional, diversos elementos que luego simul\u00f3 encontrar con sus perros con el objeto de mostrar el \u00e9xito de su labor\u00bb.<\/p>\n<p>Es que Carral se\u00f1al\u00f3 que durante el debate que la defensa cuestion\u00f3 el trabajo de Herrero, pero el TOC omiti\u00f3 responder este planteo, a\u00fan cuando exist\u00edan elementos que permit\u00edan dudar de su confiabilidad y de la legalidad de su actuaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00abSe puede afirmar que la ausencia de evidencia f\u00edsica que corrobore emp\u00edricamente la presencia de la v\u00edctima en el corral\u00f3n, en el auto o en los objetos que marc\u00f3 el perro, se explican a partir de la actuaci\u00f3n de Marcos Herrero. Ya vimos que existen buenas razones para sostener que (al igual que lo hizo en otros casos judiciales), fue la persona que coloc\u00f3 los objetos que luego dijo &#8216;encontrar&#8217; durante la b\u00fasqueda de Araceli y con su &#8216;olor&#8217;, para mostrar el \u00e9xito de su tarea y, con el mismo objetivo, bien pudo direccionar y transmitir las marcaciones de su perro dentro del corral\u00f3n, &#8216;prueba&#8217; esencial sobre la que se edific\u00f3 el caso de la fiscal\u00eda y la condena del tribunal\u00bb, destac\u00f3.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de las absoluciones, Casaci\u00f3n orden\u00f3 extraer las actuaciones y enviarlas a la Fiscal\u00eda General de San Mart\u00edn para que se investigue la actuaci\u00f3n de Herrero en esta causa.<\/p>\n<p>La fiscal Daniela Bersi y el abogado que representa a la familia Fulles, Diego Szpigiel, aseguraron que analizar\u00e1n los fundamentos del fallo y posiblemente apelen ante la Suprema Corte bonaerense.<\/p>\n<p>El juicio por el femicidio de Araceli Fulles comenz\u00f3 el 13 de septiembre del 2021, al que llegaron siete personas como acusadas pero todas ellas en libertad, aunque a ra\u00edz de una serie de amenazas hacia familiares de Araceli y testigos, dos de ellos fueron detenidos con prisi\u00f3n preventiva.<\/p>\n<p>Finalmente, el TOC 3 conden\u00f3 a prisi\u00f3n perpetua a Cassalz, Caba\u00f1as y Escobedo y absolvi\u00f3 por falta de pruebas a Hern\u00e1n Rodrigo Badaracco, Carlos Antonio Ibarra, Daniel Alaniz y los hermanos Jonathan y Emanuel \u00c1valos.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, los jueces se\u00f1alaron como coautor del hecho a Dar\u00edo Badaracco, quien hab\u00eda sido detenido en la causa, pero muri\u00f3 el 13 de abril de 2019, luego de haber permanecido internado cinco d\u00edas en un hospital de la ciudad de Olavarr\u00eda tras ser atacado a golpes y quemado con agua caliente por dos compa\u00f1eros de celda en el penal de Sierra Chica.<\/p>\n<p>Durante el transcurso del juicio oral, la defensa de los acusados cuestion\u00f3 el trabajo del adiestrador Herrero, pero el tribunal omiti\u00f3 responder ese planteo.<\/p>\n<h4><strong>El femicidio<\/strong><\/h4>\n<p>El hecho ocurri\u00f3 durante la noche del 2 de julio de 2017 cuando, seg\u00fan el TOC 3, alrededor de las 7 de la ma\u00f1ana la v\u00edctima se dirigi\u00f3 hacia un corral\u00f3n que era propiedad de Cassalz, donde \u00abse produjo su muerte violenta\u00bb, en la que Dar\u00edo Badaracco, Marcelo Escobedo y Hugo Caba\u00f1as fueron considerados como los responsables de causarle a la joven una \u00abasfixia mec\u00e1nica\u00bb por \u00abestrangulamiento a lazo\u00bb con un elemento compatible con precintos pl\u00e1sticos.<\/p>\n<p>La escena del crimen fue validada por los jueces a partir del \u00abmarcamiento positivo de olor\u00bb del can \u00abHalc\u00f3n\u00bb de Herrero, que dio cuenta de la presencia de Araceli en la oficina, ba\u00f1o y terraza del corral\u00f3n.<\/p>\n<p>Finalmente, tras 25 d\u00edas de b\u00fasqueda, el cuerpo de Araceli fue hallado el 27 de abril debajo de unos escombros, en el patio de la casa de Dar\u00edo Badaracco, ubicada en Alfonsina Storni 4477, de Jos\u00e9 Le\u00f3n Su\u00e1rez, partido de San Mart\u00edn, tras la intervenci\u00f3n de perros pertenecientes a los Bomberos Voluntarios de Punta Alta.t\u00e9lam<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; 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