La norma apunta a «nivelar» el sistema de medios de pago con QR y a ampliar los usos del sistema de reconocimiento, para que no solo ganen terreno los pagos con dinero en cuenta, sino también lo hagan los que se hacen con tarjetas de crédito.
Semanas atrás, la Asociación de Bancos de la Argentina (Adeba) -que reúne a los principales bancos de capital nacional como Macro, Galicia, Comafi, Hipotecario, Supervielle y Bancor, entre una veintena de entidades- reclamó mediante una nota al BCRA que modifique la normativa, para que todos los códigos QR sean «full interoperables con las tarjetas de crédito y débito».
Los bancos apuntaron así contra Mercado Pago, a la que señalaron como «el mayor proveedor de QR», que «concentra el 70% del total» y «con ese poder de mercado, y aprovechando una carencia de la regulación, impone las condiciones sobre los tenedores de tarjetas de crédito y débito».
«Para operar con el código QR de un comercio, primero deben hacerse clientes de su billetera», denunciaron los bancos, que repudiaron el hecho de que haya proveedores que usan «su posición dominante» en el mercado y que «cierran” sus sistemas para los consumidores que no sean sus clientes.
Según dijo el BCRA, la norma fue dispuesta «con el objetivo de mejorar la experiencia, tanto para las personas usuarias como para los comercios» y entrará en vigor a partir del 1° de septiembre de 2023.
En ese sentido, cuando las empresas adquirentes -las que proveen a los comercios mecanismos para cobrar con tarjetas de débito, crédito y/o prepagas- también sean aceptadores de pagos con transferencia, deberán ofrecer a los comercios un único código QR que contemple todos los instrumentos de pago.
Además, se incluirán en el registro de PSP (Proveedores de servicios de pago) a las empresas de cobranza extrabancaria que brindan esos servicios, cobranzas de impuestos, servicios mediante el uso de efectivo y otros instrumentos de pago.
Por último, la normativa extiende a los PSP que inician transferencias inmediatas desde cuentas provistas por otros (iniciadores de pagos, PSI) la obligación de cumplir con las normas para este instrumento de pago.
«Una de las consecuencias más importantes será que los PSI deberán posibilitar a sus clientes realizar transferencias tanto hacia CBU como CVU, como lo hacen actualmente las entidades financieras u otros PSP que ofrecen cuentas de pago a sus clientes», indicó el Banco Central.