Oficializan el inicio de clases el 2 de marzo, con 190 días como mínimo y presencialidad plena
Las vacaciones de invierno serán entre el 18 al 29 de julio, y el ciclo lectivo finalizará el 22 de diciembre.
El Gobierno de la provincia de Buenos Aires oficializó este lunes que el ciclo lectivo de este año arrancará el miércoles 2 de marzo, con 190 días de clases como mínimo, presencialidad plena y con los cuidados correspondientes por la pandemia de coronavirus.
Mediante la resolución N° 8 de la Dirección General de Cultura y Educación, publicada en el Boletín Oficial, se estableció que este nuevo ciclo lectivo tendrá un mínimo de 190 días efectivos de clase, con jornadas y horas adicionales, y que se realizará el retorno a las aulas con la presencialidad plena y cuidada de todos los estudiantes.
De acuerdo con lo establecido por la norma, las clases comenzarán el 2 de marzo, habrá un receso escolar del 18 al 29 de julio, y el ciclo lectivo finalizará el 22 de diciembre. De esta manera, las autoridades apuntan a que se cumpla como mínimo un ciclo de 190 días, aunque eso dependerá en gran parte de la evolución de la pandemia de coronavirus y de un acuerdo salarial con los gremios.
En este sentido, el ministro de Salud de la Provincia de Buenos Aires, Nicolás Kreplak, reveló que se están pensando nuevos protocolos para los alumnos y docentes de cara a marzo y al inicio de clases. “Los trabajadores de la educación tiene las 3 dosis libres”, señaló, y dejó en claro que se va a hacer un “esfuerzo muy grande a partir de marzo”. También indicó que se va a “proveer a los chicos barbijos para garantizar que sean de buena calidad”.
En tanto, la resolución oficial estableció que el lema para el calendario escolar del nuevo ciclo lectivo será “A 40 años de Malvinas: Soberanía y Memoria”.
También se resolvió que ” las Unidades Educativas de Gestión Privada que se encuentren comprendidas en Convenios Intergubernamentales sobre Cooperación Cultural y Científica fijarán su propio ciclo lectivo, en el marco de la presente resolución, el Convenio del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología N° 337/03, la Ley N° 25.864 y la Resolución Nº 165/11 del Consejo Federal de Educación.”.
“La Dirección de Educación de Gestión Privada tendrá a su cargo la responsabilidad de supervisar el cumplimiento de la cantidad de días efectivos de clase establecidos por calendario escolar. El Ciclo Lectivo de las Escuelas Bilingües y Trilingües dependientes de la Dirección de Educación de Gestión Privada se regirá por lo pautado en la Resolución N° 5554/03 de esta Dirección General de Cultura y Educación”, se determinó. dib