Disponen restricción de armas para personal de fuerzas denunciado por violencia de género
El Gobierno nacional facultó hoy a la Dirección Nacional de Políticas de Género del Ministerio de Seguridad para que las fuerzas procedan a la «restricción de la portación, tenencia y transporte del arma» al personal en los casos en que exista denuncia por violencia de género o intrafamiliar.
En este sentido, amplían en uno de los anexos las modalidades en la que se procederá a la restricción, que serán «preventivas o con medida cautelar».
Se considerará el primer caso cuando «aún no mediando medida cautelar dictada por la autoridad judicial competente, y luego de la evaluación en concreto de una o más denuncias ingresantes por cualquier vía a la Dirección Nacional de Políticas de Género, sugieran que el arma de dotación pueda representar un riesgo inminente para la víctima».
Además, «intervendrá una Junta de Reconocimientos de Médicos a fines de evaluar el estado psicofísico del personal denunciado, como así también su aptitud para la portación de armamento».
En tanto, se considerará la modalidad «con medida cautelar» cuando «el personal se viera alcanzado por alguna de las medidas dispuestas por los artículos 26 de la Ley Nº 26.485 y/o 4º de la Ley 24.417», precisa la resolución.
En este caso la restricción podrá ser «parcial o total».
Parcial cuando «permite a la persona afectada por la medida utilizar el arma de dotación solamente durante la jornada laboral, debiendo depositarla en la armería de su destino al culminar la misma».
En cambio la restricción será total «ante la valoración de un caso grave como abuso sexual o tentativa de abuso sexual, lesiones graves, intento de homicidio/femicidio, cuando el personal denunciado se encuentre detenido a disposición de la justicia ante la posible comisión de un ilícito», entre otras.