Las mascotas no convencionales que están permitidas en nuestro país

En los últimos años ha aumentado la tenencia de mascotas denominadas especies no tradicionales: hurones, reptiles, aves, erizos, entre otros. La discusión acerca de qué especies están  permitidas  y cuáles no es constante e implica lineamientos legales, éticos y de responsabilidad social.

Históricamente, el hombre ha creado y transformado el vínculo (funcional o emocional) con los animales. Todas las especies, hasta los perros y gatos, precisan cuidados para los que no siempre se está preparado. El auge de adquisición o apropiación de animales no tradicionales está relacionado, entre otras cuestiones, con  la posibilidad de tener mascotas que, en apariencia, no demandan demasiados cuidados, -aunque  también existen factores ligados a una moda o una red vinculada a intereses comerciales (en muchos casos ilegal) que esconden la discusión ética sobre el cautiverio de determinadas especies.-

El hecho de que un animal se encuentre disponible para la venta en una tienda de mascotas, no quiere decir que sea apropiado como tal. Si bien la mayoría de las especies no tradicionales pueden estar en una jaula o en recintos especiales que generan la ilusión a sus dueños de que no demandan demasiada atención, la realidad es que puede significar un  riesgo si no se tienen los recaudos necesarios, las condiciones y acciones esenciales para el desarrollo del animal y los controles sanitarios correspondientes en forma periódica.

El Dr. Fernando Pedrosa, especialista en animales no tradicionales y Presidente del Distrito 1 del Colegio de Veterinarios de la Provincia de Buenos Aires, afirma que “el 90 % de las patologías que presentan estos animales están relacionados con malos ambientes y deficiencias nutricionales, lo que permite inferir las malas condiciones en la que se albergan las mayorías de estos animales”.

ACLARANDO ALGUNOS PUNTOS

Aquellas especies permitidas (legales) son todas aquellas que provienen de criaderos o de las que la Dirección Nacional de Fauna permite su importación. La ley provincial de fauna N° 5786 es muy clara sobre el aprovechamiento de los recursos faunísticos, no permitiendo la captura de animales silvestres. En su artículo N°2, establece algunas excepciones, pero bajo ningún concepto autoriza la captura para su comercialización como mascotas. Es decir, está prohibida la tenencia de animales silvestres que no procedan de un criadero autorizado con su respectiva documentación o que sean importados también con su certificación correspondiente.

Muchas veces, las personas se encuentran con animales silvestres que presentan heridas o diversos traumatismos. En el honorable afán de rescatarlos, a veces logran su recuperación y los mantienen en jaulas. Esto no está permitido, y se debe informar a la Dirección de  Fauna para que el animal sea derivado en pos de una mejor calidad de vida.

De la misma manera, nunca se debe comprar un animal enfermo – de ninguna especie- en las tiendas de mascotas, ni para curarlo o rescatarlo. Esto alimenta la comercialización ilegal, desalienta a los dueños de las tiendas a brindarles los cuidados necesarios para lograr ventas más rápidas y efectivas. En esos casos, la mejor manera de ayudar, es denunciando el maltrato al que es sometido y el peligro que representa para la salud pública  tener un animal enfermo expuesto a las personas (y a otros animales).

ALGUNAS ESPECIES QUE PODEMOS ENCONTRAR Y SUS CONSIDERACIONES

Hurones domésticos (Mustela putorius furo): Es una de las más comunes de encontrar. Son importados, procedentes de un solo criadero de EEUU y están autorizados. Ingresan a nuestro país castrados y, al provenir del mismo sitio, padecen varios problemas de consanguinidad (apareamiento entre animales que tienen uno o más antepasados en común y en los cuales pueden aparecer genes recesivos indeseables) y trastornos específicos de la especie. Es importante diferenciar  del Hurón silvestre  (Galictis cuya) ya que, como dijimos anteriormente, su tenencia está prohibida  -a pesar de que muchas veces se encuentran crías cuyas  madres mueren atacadas por predadores o por acción del hombre.

Los erizos africanos (atelerix albiventris) ingresaron a nuestro país hace unos años y se realiza la venta de aquellos nacidos en cautiverio, siendo una mascota donde se observan muchos trastornos de consanguinidad.

En relaciones a las Aves, solo se permiten aquellas que tengan un anillo, que se coloca al nacer en una de las patas, e indica un número que identifica el criadero de donde proviene. Durante el verano, por ser la época de nacimiento de la especie,  es frecuente la venta de loros habladores (amazona aestiva). Llegan  de a cientos a las grandes ciudades – de forma ilegal-  lo que provoca, por un lado, un trastorno a la especie en estado silvestre; y por otro, el fuerte riesgo de enfermar a las personas de psitacosis (enfermedad infecciosa que padecen los loros, transmisible al hombre y presentando síntomas parecidos a los de una neumonía)  en toda la cadena de comercialización.

En el caso de los reptiles se deben tener en cuenta  los mismos puntos, solo se permiten aquellos que provengan de importación con sus respectiva documentación. Están prohibidas tortugas de tierra, lagartos y serpientes autóctonas. Existen ventas de iguanas verdes (Iguana iguana) provenientes  de Centro América y Brasil que, si bien estuvo autorizada su importación hace algunos años, en la actualidad suelen provenir del tráfico ilegal. También es ilegal la comercialización de pytones queaún no afectando la fauna autóctona del país, proceden de criaderos no habilitados. Se debe tener en cuenta que tanto en los reptiles como en las otras especies, es muy difícil crear las condiciones de hábitat necesarias para garantizar su bienestar.

TENENCIA RESPONSABLE, RESPONSABILIDAD SOCIAL Y SALUD PÚBLICA

El ideal siempre es buscar que cada especie viva y se desarrolle en su respectivo hábitat natural. Aquí entra en juego la ética y responsabilidad social en tanto Tenencia Responsable (conciencia de la vida y de las necesidades -físicas y anímicas- y de los cuidados necesarios en términos de la salud), como también en la preservación ecológica ese hábitat natural. Esto involucra no solo a las personas que comercializan a los animales, sino también a quienes los adquieren, reservando a los profesionales veterinarios, además, el rol de garantes de la salud pública. Pero sin lugar a dudas, los máximos responsables son las autoridades gubernamentales, en tanto funcionarios públicos, que deben hacer cumplir toda la legislación Nacional, Provincial y Municipal actualmente vigente.

Es necesario preguntarse si realmente ese animal que uno decide adquirir o adoptar,  va a recibir aquellos cuidados acordes a su naturaleza. Es decir, debemos garantizar las condiciones necesarias para que pueda desarrollarse, velar por su bienestar y por su salud y la de todos.

El Colegio de Veterinarios de la Provincia de Buenos Aires recomienda  NO ADQUIRIR NINGÚN ANIMAL COMO MASCOTA SI NO HAY DISPONIBLE UN VETERINARIO ESPECIALIZADO QUE LO PUEDA ATENDER Y ASESORAR  PARA LOGRAR SU BIENESTAR, GARANTIZAR LA CALIDAD DE VIDA DEL ANIMAL Y EL RESGUARDO DE LA SALUD PÚBLICA.