El Gobierno reduce las multas a Edenor y Edesur en el inicio del verano
A través de una resolución del ENRE, se modificó la base de cálculo de las sanciones por cortes de luz, vinculándolas a los ingresos de las empresas y no al costo mayorista de energía.
En el primer día hábil del verano, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) aprobó un cambio en la forma de cálculo que reduce los costos de las multas y los intereses por mora que deben afrontar las empresas Edenor y Edesur. La medida, que rige para casos de interrupciones del servicio y deficiencias en la calidad del suministro, modifica sustancialmente el esquema sancionatorio vigente, favoreciendo la estructura de costos de las distribuidoras eléctricas en un momento de alta demanda estacional.
Una nueva fórmula vinculada a los ingresos
Mediante la resolución 808/2025, el ente conducido por Néstor Lamboglia —actualmente en proceso de unificación con el ENARGAS— estableció «precisiones complementarias» al Reglamento de Valorización de Sanciones. El núcleo del cambio dispone que, para el período 2025/2030, las multas se calculen basándose en el Valor Agregado de Distribución (VAD) medio, multiplicado por 1,5. El VAD representa la remuneración específica que perciben las compañías por operar y mantener la red, excluyendo el costo de generación de la energía.
Esta modificación es de alto impacto financiero para Edenor y Edesur. Hasta ahora, la base de cálculo era el costo promedio de la energía en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). Dado que el valor MEM es históricamente superior al valor agregado de las distribuidoras, el traslado de la base de cálculo hacia el VAD implica una reducción directa en el monto final de las penalizaciones que las empresas deberán abonar ante incumplimientos.
Alcance y aplicación retroactiva
La normativa no solo mira hacia el futuro, sino que tiene un componente de alivio financiero inmediato para las empresas. Según se aclara en los anexos de la norma, la medida tiene vigencia en forma retroactiva para todas las sanciones aplicadas desde el 1 de marzo de 2025. Este cambio surge como resultado de la Revisión Tarifaria Quinquenal (RQT), el proceso de renegociación contractual que el Gobierno nacional finalizó en abril pasado.
La nueva fórmula se aplicará a un amplio espectro de irregularidades, entre las que se destacan:
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Cortes de luz reiterados y de duración prolongada.
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Reclamos por excesivo consumo en facturaciones particulares.
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Incumplimientos en el promedio mensual de reparación de cables de media y baja tensión.
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Intereses por mora en las obligaciones de las distribuidoras.
El argumento oficial: incentivos y sostenibilidad
Desde el ENRE, la justificación del cambio de criterio se apoya en una «necesidad técnica y económica» de desvincular las penas de variables externas. El organismo sostiene que el costo del mercado mayorista (MEM) no depende de las decisiones empresariales de Edenor o Edesur, mientras que el VAD refleja directamente su gestión operativa, de mantenimiento e inversión.
Para Lamboglia y su equipo, este nuevo esquema genera un «incentivo real» para mejorar la calidad del servicio al estar atado a los ingresos directos del distribuidor. Según el informe técnico, una base sancionatoria excesivamente alta y desvinculada de la realidad financiera de las empresas podría atentar contra la sostenibilidad del servicio, poniendo en riesgo los derechos de los usuarios de recibir suministro eléctrico bajo los estándares definidos en la última revisión tarifaria.
