Riesgo social: El Gobierno habilita a civiles la compra de fusiles semiautomáticos

Habilitan fusiles semiautomáticos de uso civil condicional en Argentina tras una resolución del Gobierno de Javier Milei que elimina una prohibición histórica. La medida establece un nuevo régimen de control a cargo del RENAR con exigentes requisitos, enfocados en el uso deportivo.

En plena crisis social, el Gobierno permite el acceso a armamento de alto poder

En un contexto de profunda crisis económica y creciente tensión social derivada del fuerte ajuste fiscal, el gobierno de Javier Milei, a través del Ministerio de Seguridad que comanda Patricia Bullrich, ha dado un paso polémico al habilitar la compra y tenencia de fusiles semiautomáticos de uso civil condicional. Esta decisión se materializó mediante la resolución 37/2025, publicada en el Boletín Oficial, que elimina una prohibición que regía en el país desde hace décadas.

La nueva normativa de armas permite a legítimos usuarios y entidades de tiro acceder a armamento que estaba restringido. Específicamente, habilita la adquisición de armas semiautomáticas alimentadas con cargadores extraíbles, como fusiles o subametralladoras de asalto derivadas de modelos militares de calibre superior al .22 LR.

La medida ha generado un intenso debate, pues se produce en un clima social sensible, donde la falta de contención económica y el incremento de la pobreza podrían exacerbar la violencia. Los críticos argumentan que flexibilizar el acceso a fusiles semiautomáticos de alto poder incrementa el riesgo de desvío de este armamento hacia el mercado ilegal o su uso en hechos de violencia urbana.

Control estricto, pero eliminación de la prohibición

Desde el Gobierno, la medida se justifica como el reemplazo de una prohibición «injustificada» por un sistema de control más «preciso y enfocado». La fiscalización recae ahora exclusivamente en el Registro Nacional de Armas (RENAR), que dependerá de la aplicación rigurosa de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429.

El objetivo oficial es asegurar la trazabilidad de estas armas y restringir su acceso a aquellos que puedan justificar su uso por motivos deportivos o didácticos. No obstante, la eliminación de la prohibición per se supone un cambio drástico en la política de seguridad armamentística del país.

Esta es la segunda medida en pocos meses que flexibiliza el acceso a armamento. En junio, la administración libertaria ya había derogado un decreto previo, emitido durante la presidencia de Carlos Menem, que había prohibido el acceso civil a este tipo de armas, salvo excepciones bajo autorización del Ministerio de Defensa.

Requisitos para acceder a fusiles semiautomáticos

Para poder adquirir y poseer estos fusiles semiautomáticos, los legítimos usuarios deberán cumplir una serie de requisitos rigurosos, buscando asegurar que solo accedan personas con antecedentes probados en el ámbito del tiro deportivo y con sistemas de almacenamiento seguros.

Los principales requerimientos establecidos por la resolución 37/2025 incluyen:

  • Identificación precisa del arma: Acreditar el tipo, marca, modelo, calibre, CUIM y número de serie del armamento.
  • Guarda segura: Contar con un Sector de Guarda registrado de tipo G2, un sistema de almacenamiento seguro y aprobado por la autoridad.
  • Declaración y justificación: Presentar una declaración jurada que justifique la solicitud, acompañada de documentación probatoria y fotografías del arma.
  • Costo del trámite: Abonar la tasa correspondiente, que será equiparable al costo de la “Tenencia Exprés” y la Tarjeta de Consumo de Municiones (TCCM) vigente.
  • Antigüedad y antecedentes: Contar con una antigüedad mínima de cinco años como legítimo usuario de armas de uso civil condicional y no poseer antecedentes sancionatorios ni trámites pendientes en el RENAR.
  • Demostración de uso deportivo: Este es uno de los puntos centrales. El solicitante debe demostrar un uso deportivo probado a través de al menos una de las siguientes vías:
    • Certificación de una entidad de tiro con instalaciones propias que avale la condición de tirador asiduo.
    • Haber representado al país en certámenes nacionales o internacionales de tiro deportivo con ese material.
    • Solicitud de una entidad de tiro habilitada que permita el uso por parte de sus socios en disciplinas deportivas o con fines didácticos certificados.

Finalmente, el RENAR se reserva la potestad de solicitar elementos probatorios adicionales para evaluar la pertinencia de la petición, basándose en un criterio discrecional.

El debate de fondo: seguridad pública versus derecho a la legítima defensa

La habilitación de fusiles semiautomáticos a civiles reabre el debate sobre la seguridad pública y el riesgo que implica la proliferación de armamento de guerra en la sociedad. Si bien los requisitos buscan limitar el acceso a tiradores deportivos calificados, la experiencia internacional demuestra que incluso los sistemas de control más estrictos pueden fallar.

La preocupación central radica en el contexto socioeconómico y de seguridad actual. El aumento de la conflictividad y la posible escalada de la violencia, sumado a la circulación de armas de alto poder, representan un cóctimo de alto riesgo para la ciudadanía. La resolución, aunque con controles, prioriza el acceso a armas potentes en un momento en que la estabilidad social es frágil.