El ENRE obliga a Edenor y Edesur a la facturación mensual eléctrica para usuarios residenciales
El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) dispuso el fin de la lectura bimestral y exige a Edenor y Edesur emitir boletas de facturación mensual eléctrica a usuarios residenciales, garantizando planes de pago sin interés por los ajustes de transición y prohibiendo los cortes de servicio durante la implementación del sistema.
								El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) ha implementado un cambio estructural significativo en el sistema de medición y cobro del consumo de energía eléctrica para los usuarios residenciales (Tarifa 1) de las distribuidoras Edenor y Edesur. A partir de este lunes 3 de noviembre, a través de la Resolución 730/2025 publicada en el Boletín Oficial, el organismo autorizó a ambas empresas a reemplazar la actual lectura y facturación bimestral por un esquema de facturación mensual eléctrica basado en la lectura real de los medidores, una medida que busca mayor transparencia y control para los hogares.
Mayor claridad en el consumo: adiós a la confusión bimestral
Hasta la fecha, el método de medición implicaba registrar el consumo de electricidad cada dos meses, aunque las distribuidoras remitían dos facturas mensuales que correspondían al mismo período bimestral. Esta práctica, según el ENRE, generaba «confusión y desfase temporal entre el consumo real y el cobro», dificultando la comprensión y la autogestión de los gastos energéticos por parte de los usuarios.
Hacia una señal más clara y oportuna
Con la nueva disposición, las distribuidoras deberán registrar y facturar mes a mes el consumo efectivamente realizado por cada hogar. Esta modificación, de acuerdo con el organismo regulador, tiene como objetivo principal brindar una «señal más clara, transparente y oportuna» que le permita a los usuarios residenciales tener un «mayor control y autogestión» sobre sus consumos y, por ende, sobre sus gastos. El cambio representa un avance hacia la alineación del servicio con prácticas más eficientes y equitativas en la relación con el cliente.
La transición obligatoria: protección para el usuario
La implementación de la facturación mensual eléctrica exige un «Período de Transición» durante el cual podrían producirse ajustes o superposiciones en la facturación. Para mitigar cualquier perjuicio económico a los usuarios, el ENRE ha establecido un conjunto estricto de obligaciones que Edenor y Edesur deben cumplir de forma ineludible:
Mecanismos de compensación y prohibiciones
- Planes de pago sin interés: Por cualquier saldo o ajuste que emerja del cambio de sistema, las distribuidoras están obligadas a ofrecer facilidades de pago. Estas deben ser «sin anticipos ni intereses» y se rigen por el Artículo 12 de la resolución.
 - Ajuste distribuido: Los montos correspondientes a estos ajustes deberán fraccionarse en, al menos, dos Liquidaciones de Servicio Público (LSP). Además, deberán figurar de forma clara y diferenciada en la boleta bajo la leyenda «Ajuste migración mensual (/)».
 - Prohibición de corte por morosidad: El Artículo 11 es taxativo al señalar que las empresas «deberán abstenerse de implementar acciones de morosidad o corte de suministro» que estén vinculadas a las facturas emitidas por la migración al sistema mensual.
 
Obligaciones de las distribuidoras
Además de las protecciones al usuario, el ENRE impuso obligaciones específicas a las empresas:
- Comunicación obligatoria: Las empresas deberán poner en marcha un «plan de comunicación claro y comprensible» para informar a la totalidad de los usuarios residenciales sobre la nueva metodología de lectura y cobro.
 - Sin reconocimiento de costos adicionales: El organismo regulador especificó que esta autorización de cambio de sistema «no implica reconocimiento en tarifa de los mayores costos operativos» que la implementación de la lectura mensual pueda acarrear para Edenor y Edesur.
 
Ratificación del rigor: no habrá exención por estimación
Un punto relevante de la resolución es el rechazo explícito del ENRE al pedido de Edenor y Edesur para ser eximidas de sanciones por «Facturación Estimada» durante el período de transición. El organismo recordó a las distribuidoras su obligación de cumplir estrictamente con las lecturas reales de los medidores, reafirmando el compromiso con la precisión en el consumo facturado.
