Revelan el drama familiar detrás del doble femicida: Laurta cambió su apellido por maltrato paterno

Se conocieron los detalles del trámite judicial de Pablo Laurta en Córdoba, quien logró quitarse el apellido paterno en marzo de 2024. El argumento legal fue el grave "maltrato psicológico y físico" sufrido durante su infancia, una de las "causas fundadas" que la ley argentina contempla para modificar la identidad.

En medio de la conmoción generada por el doble femicidio en Córdoba —en el que resultaron víctimas Luna Giardina y Mariel Zamudio— y el posterior crimen del chofer Martín Sebastián Palacio, se revelaron detalles desconocidos del pasado del uruguayo Pablo Laurta, el principal acusado y detenido en Gualeguaychú. El trasfondo familiar del caso se conoció a partir del trámite legal que el femicida había completado en Argentina apenas unos meses antes de los crímenes: el cambio de su apellido paterno.

En marzo de 2024, la Justicia de Córdoba había autorizado a Laurta a quitarse el apellido de su padre biológico, Luis Edinson Rodríguez. La solicitud fue presentada bajo la figura de “causas fundadas”, argumentando el maltrato psicológico y físico sufrido durante su infancia, lo que había derivado en la ruptura total del vínculo con su progenitor desde los 18 años. El expediente judicial detalla las situaciones de violencia que Laurta relató, justificando su necesidad de desprenderse de una identidad asociada al trauma, adoptando únicamente el apellido de su madre, Laurta.

Tras la detención, la madre del acusado, Estrella Laurta, expresó su conmoción públicamente, aunque sin referirse al historial familiar o al proceso de cambio de identidad de su hijo, limitándose a manifestar: “No puedo creer haber parido a un asesino”.

El proceso de cambio de apellido en la ley argentina

El caso de Laurta sirve como ejemplo de las «causas fundadas» que la legislación argentina contempla para la modificación de datos filiatorios que afectan a la identidad, especialmente el apellido. En Argentina, el cambio de apellido no es un trámite administrativo simple, sino un procedimiento judicial que exige la presentación de una justificación sólida ante un juez.

La Ley permite el cambio, supresión o reemplazo de un apellido solo cuando existen motivos de peso que lo justifican.

Causas fundadas que autorizan el cambio de apellido:

La vía judicial se activa cuando el solicitante busca una modificación sustancial de su nombre o apellido. Entre las causas más habituales y válidas que se presentan ante la Justicia, se encuentran:

  1. Violencia familiar y daño psicológico: Este fue el argumento central en el caso del femicida. Se autoriza la modificación cuando el apellido está directamente ligado a situaciones de violencia, abandono o maltrato que causan un perjuicio psicológico grave o afectan la salud emocional del solicitante.
  2. Vínculo con delitos graves: Cuando el apellido se asocia a la comisión de crímenes graves o notorios que generan un descrédito social y afectan la vida de quien lo lleva.
  3. Errores registrales: Corrección de una inscripción incorrecta o un error de tipeo en la partida de nacimiento.
  4. Uso de un nombre de crianza: Cuando la persona fue criada por una figura parental (padre o madre de crianza) distinta al progenitor biológico y busca que su identidad legal refleje su realidad socioafectiva.
  5. Identidad suprimida: Casos vinculados a la recuperación de una identidad perdida (como víctimas de apropiación ilegal o del terrorismo de Estado).

Procedimiento y requisitos judiciales

Para suprimir o reemplazar un apellido, el proceso judicial es riguroso:

  • Informes especializados: El juez suele solicitar informes psicológicos y sociales para evaluar el impacto que la modificación tendrá en la identidad y el entorno del solicitante.
  • Publicación de edicto: Es un requisito obligatorio para garantizar la transparencia del proceso. El edicto se publica para permitir que cualquier tercero con interés legítimo (como el progenitor cuyo apellido se intenta suprimir) pueda oponerse legalmente al cambio.
  • Resolución final: Solo después de analizar todas las pruebas e informes, el magistrado emite una resolución que autoriza o rechaza la modificación.

Es importante destacar que el Código Civil y Comercial contempla una excepción a la intervención judicial: las modificaciones vinculadas a la identidad de género. En esos casos, el cambio de nombre y apellido puede tramitarse directamente de forma administrativa en el Registro Civil, conforme a la normativa vigente que garantiza la adecuación registral a la identidad autopercibida.

El caso de Pablo Laurta, al exponer el drama del maltrato como justificación para el cambio de identidad legal, pone de manifiesto la complejidad de los antecedentes personales que subyacen a los hechos criminales, así como el marco legal que permite a las víctimas de violencia familiar reconfigurar su nombre.