Cambios en Monotributo: ¿cuáles son las nuevas escalas y la fecha límite para la recategorización?

El trámite podrá realizarse hasta el 5 de febrero, según la Resolución General 5637/2025 publicada en el Boletín Oficial. Se aplicarán actualizaciones en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

El Gobierno inició el proceso de recategorización para los monotributistas, tal como fue anunciado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). A través de la Resolución General 5637/2025, oficializada en el Boletín Oficial, se establecieron las nuevas bases de cálculo y las fechas límites para completar el trámite.

De acuerdo con la resolución, el trámite podrá realizarse entre el 15 de enero y el 5 de febrero. La actualización de las escalas del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) se realizará semestralmente, tomando como referencia la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Esta medida será implementada en los meses de enero y julio, considerando los semestres finalizados en diciembre y junio, respectivamente.

El documento oficial detalla que los contribuyentes recibirán notificaciones sobre la recategorización de oficio a través de sus Domicilios Fiscales Electrónicos dentro de los 10 días hábiles posteriores al vencimiento del período de cambios. Los nuevos valores comenzarán a regir en febrero para quienes realicen el trámite en este período.

Nuevas escalas:

Con base en el último dato de inflación semestral, que alcanzó el 21,14%, las categorías quedaron establecidas de la siguiente manera:

  • Categoría A: ingresos de hasta $7.813.530. Impuesto mensual: $32.223.
  • Categoría B: ingresos hasta $11.447.730. Impuesto: $36.681.
  • Categoría C: ingresos hasta $16.051.050. Impuesto: $42.954.
  • Categoría D: ingresos hasta $19.927.530. Impuesto: $55.050.
  • Categoría E: ingresos hasta $23.440.590. Impuesto: $77.951 (bienes) / $70.440 (servicios).
  • Categoría F: ingresos hasta $29.376.450. Impuesto: $98.103 (bienes) / $84.535 (servicios).
  • Categoría G: ingresos hasta $35.130.600. Impuesto: entre $103.328 y $149.845 según actividad.
  • Categoría H: ingresos hasta $53.301.600. Impuesto: $340.081 (bienes) / $206.827 (servicios).
  • Categoría I: ingresos hasta $59.661.450. Impuesto: $627.030 (bienes) / $309.038 (servicios).
  • Categoría J: ingresos hasta $68.322.960. Impuesto: $377.873 (servicios) / $759.464 (bienes).
  • Categoría K: ingresos hasta $82.375.200. Impuesto: $1.050.386 (bienes) / $456.800 (servicios).

Estos cambios buscan ajustar las contribuciones de los monotributistas al contexto inflacionario y facilitar los trámites mediante herramientas digitales. Es fundamental que los contribuyentes revisen sus ingresos y realicen la recategorización en tiempo y forma para evitar sanciones o inconvenientes fiscales.