Nuevas escalas del Monotributo: ¿cómo afectan a los pequeños contribuyentes?
El Gobierno oficializó los cambios en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, con significativos aumentos en los montos de facturación y alquileres devengados anuales.
El Gobierno ha publicado la reglamentación de las modificaciones al Monotributo, bajo la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, a través del Decreto 661/2024. Estas modificaciones implican aumentos significativos en los montos de facturación y en los alquileres devengados anuales, que varían entre un 201% y un 301%.
La reglamentación publicada en el Boletín Oficial establece que, a partir de 2025, la AFIP actualizará los parámetros de facturación en enero y julio, en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC. Estos ajustes entrarán en vigor el primer día del mes inmediato siguiente a su actualización.
En caso de que un contribuyente supere los límites máximos aplicables, permanecerá dentro del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) hasta la próxima recategorización semestral, en la Categoría K. Además, aquellos que hayan renunciado al régimen pero continúan con su actividad, podrán volver a adherirse en cualquier momento, siempre que cumplan con las condiciones exigidas.
Los aumentos en los montos de facturación varían según la categoría, incrementándose entre un 201% y un 301%. Por ejemplo, la Categoría A pasará de $2.108.288,01 a $6.450.000 (aumento del 206%), mientras que la Categoría K aumentará de $16.957.968,71 a $68.000.000 (aumento del 301%).
El Ministerio de Economía destacó que estos cambios implican un incremento significativo en los límites de facturación, especialmente beneficioso para los prestadores de servicios. Anteriormente, los máximos eran de $17 millones en ventas de bienes y $13,3 millones en servicios, mientras que ahora el máximo permitido es de $68 millones.
Además de los aumentos en los montos de facturación, también se incrementan las cuotas impositivas, de seguridad social y obra social. Las nuevas escalas de facturación y los ajustes en las cuotas regirán a partir del 1 de agosto. La AFIP ha extendido el plazo para la recategorización del Monotributo hasta el 2 de agosto.
Estas modificaciones buscan aliviar la carga fiscal de los pequeños contribuyentes, adaptando el régimen a la realidad económica actual. No obstante, es crucial que los monotributistas se mantengan informados y se ajusten a las nuevas escalas para evitar inconvenientes fiscales y aprovechar los beneficios que ofrece esta actualización.