AFIP ajusta controles en gastos con tarjetas: límites actualizados en mayo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anuncia nuevas regulaciones sobre los montos que activan la obligación de informar o actuar como agente de retención o percepción en transacciones con tarjetas, impactando en la gestión financiera de empresas y contribuyentes.

La AFIP ha dado a conocer recientemente la actualización de los umbrales que desencadenan la obligación de informar o actuar como agente de retención o percepción en transacciones realizadas con tarjetas de débito y crédito. Estos ajustes, basados en el coeficiente derivado de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) suministrado por el Instituto de Estadística y Censos (INDEC), tienen un impacto directo en la operatividad económica del país.

Según lo comunicado por la AFIP, el objetivo de esta actualización es mantener la objetividad representativa de la actividad económica afectada. Los principales regímenes sujetos a estas modificaciones son los siguientes:

  1. Régimen de retención de IVA y Ganancias en sistemas de tarjetas de crédito y tarjetas de compra: La exención de este régimen se establece cuando el monto a retener sea igual o inferior a 6.000 pesos, aumentando desde los 2.000 pesos anteriores.
  2. Régimen de percepción de IVA en operaciones de granos no destinados a la siembra y legumbres secas: Se aplicará cuando el pago supere los 11.500 pesos, reemplazando el monto anterior de 3.800 pesos.
  3. Régimen de información en servicios públicos para consumos relevantes: Las empresas proveedoras de servicios deben presentar información por operaciones iguales o superiores a 95.000 pesos mensuales, en lugar del valor previo de 31.000 pesos.

Estos cambios, vigentes desde el 1 de mayo de 2024, alteran directamente la gestión financiera de empresas y contribuyentes al establecer nuevos parámetros para la retención y percepción de impuestos.

Por otro lado, la AFIP también ajustó sus regulaciones en relación con el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), en respuesta al reciente Decreto N° 385/24. Este decreto amplió el alcance del impuesto para giros de utilidades y dividendos, así como para quienes suscriban los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (Bopreal).

A través de la Resolución General 5.509, la AFIP estableció nuevas disposiciones aplicables a operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera, así como a suscripciones de bonos o títulos, desde la entrada en vigencia del Decreto N° 385 del 3 de mayo de 2024, inclusive.

Estas medidas de la AFIP reflejan un esfuerzo por mantener la eficacia y transparencia en el sistema fiscal argentino, adaptándose a los cambios en la economía y la normativa vigente. Sin embargo, su implementación implica un ajuste para empresas y contribuyentes, quienes deben estar al tanto de las nuevas regulaciones para cumplir con sus obligaciones fiscales de manera adecuada. La actualización de los montos en transacciones con tarjetas y las modificaciones en el régimen de PAIS son pasos significativos en la búsqueda de un sistema impositivo más equitativo y eficiente en el país.