Condenaron a nueve años a un hombre por graves lesiones a su pareja, que murió hospitalizada

 

Se trata de Flavio Emiliano Pérez Ponce, quien golpeó brutalmente a Soledad Carioli Lespade en abril del 2020, en el departamento donde ambos vivían en la ciudad bonaerense de Chivilcoy. La víctima murió al día siguiente de ser internada y la fiscalía considera que la muerte se produjo como consecuencia de los golpes.

Un hombre fue condenado a 9 años de prisión por haber provocado graves lesiones a su pareja en abril del 2020 antes de que ella muriera en el hospital de la ciudad bonaerense de Chivilcoy, al que había ingresado con síntomas de coronavirus, pero la fiscalía apelará la sentencia porque había solicitado en el juicio que el acusado reciba una pena por un homicidio, ya que consideraba que la muerte se produjo como consecuencia de los golpes.

Se trata de Flavio Emiliano Pérez Ponce (37), quien recibió 9 años de cárcel por el delito de «lesiones graves agravadas por la relación de pareja y por haber sido perpetrado por un hombre contra una mujer mediando violencia de género», en perjuicio de su pareja, Soledad Carioli Lespade (25).

Fuentes judiciales informaron a Télam que el cuerpo de la víctima fue cremado tras el deceso y nunca pudo determinarse si efectivamente murió por los golpes y fracturas sufridas en distintas partes del cuerpo o si falleció por cuestiones de salud vinculadas a su cuadro gripal.

La decisión del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 1 de Mercedes, integrado por los jueces Jorge Pablo Vieiro, Eduardo Federico Losada y Daniel Eugenio Machain, será apelada por el fiscal de juicio, Adrián Landini.

Es que el representante del Ministerio Público había pedido la ampliación de la acusación por el delito de «homicidio agravado«, que prevé la pena de prisión perpetua, pero el TOC no hizo lugar al planteo.

«La verdad que es una locura que le hayan dado tan poca pena ¿nueve años vale la vida de una persona? Espero que en la apelación reciba la condena que corresponde que es perpetua», dijo a Télam Sergio, padre de la víctima.

El Tribunal determinó que en octubre de 2019 la pareja comenzó una relación sentimental al convivir en un departamento situado en avenida 92 al 100 de la ciudad de Chivilcoy, donde la joven alquilaba desde marzo de ese año.

Para los jueces, entre el 12 y 29 de marzo de 2020, Pérez Ponce abusó de «su superioridad física» y le «propició malos tratos a su pareja, propios de la violencia familiar y de género».

A raíz de uno de los ataques ocurridos en la vivienda, el agresor le provocó fracturas de su maxilar derecho, fracturas costales y un edema encefálico, lo cual le causó derrames en sus ojos y hematomas conocidos como «ojos de mapache».

Según las fuentes, el estado de salud se agravó en los siguientes días debido a que comenzó una infección en la zona del maxilar con fiebre y problemas pulmonares, por lo que el 8 de abril el acusado le avisó a una vecina que llamó al 107 para que sea trasladada en ambulancia al hospital local.

La víctima ingresó inconsciente y por el problema respiratorio fue atendida como una paciente que supuestamente tenía coronavirus, pero finalmente falleció a la madrugada siguiente y sus restos fueron cremados, tal cual indicaba el protocolo por ese entonces.

Sin embargo, José Luis Neme, director del hospital, se presentó el 14 de abril en la comisaria de la Mujer y la Familia de Chivilcoy luego de que el resultado de la prueba de Covid diera negativo y denunció las lesiones que habían surgido de una tomografía que revisó posteriormente.

Tras su detención, Pérez Ponce declaró ante el fiscal de instrucción, Pedro Illanes, y dijo que su novia se había caído de una «moto» semanas antes de su internación y que de esa manera sufrió los golpes, aunque esa hipótesis fue desmentida por el médico especialista en diagnóstico por imagen.

El facultativo asoció la fisura en el seno maxilar a un golpe de puño y que la supuesta caída de la moto pareció más una «argumentación, que algo verdadero».

Además, su padre declaró que la chica tenía varios moretones por todo el cuerpo y que ella le había dicho que había tenido una caída con la moto pero no le vio ningún raspón, mientras que el vicedirector del jardín de infantes a la que iban las hijas de la víctima dijo que no había notado ningún indicio de que haya sufrido un accidente.

En tanto, durante la pesquisa, la fiscalía determinó que el hombre había sido condenado a 2 años y 6 meses de prisión en suspenso por «lesiones leves calificadas, amenazas y privación de la libertad agravada», tras una denuncia de una expareja en Córdoba.

No obstante, dado que la autopsia no pudo realizarse para establecer fehacientemente las causas de la muerte, el TOC 1 de Mercedes lo condenó por las lesiones previas y no por un homicidio como solicitó la fiscalía, que ahora apelará el fallo.

El condenado, quien llegó al debate oral en calidad de detenido, fue declarado además como reincidente, por lo que no podrá pedir la libertad condicional. tèlam