El Gobierno extiende por 60 días la prohibición de despidos

 

La medida del Gobierno incluye también la extensión de la cláusula que prohíbe la suspensión de trabajadores sin justa causa o por razones de fuerza mayor.

A través de un DNU, el Gobierno nacional prorrogó por 60 días la prohibición para las empresas de efectuar despidos sin justa causa o bajo el pretexto de fuerza mayor. Se trata de una medida excepcional «en el contexto de la emergencia pública en materia económica, social y sanitaria» derivada de la pandemia de coronavirus.

La medida incluye la «prohibición de efectuar suspensiones con las mismas causales, quedando exceptuadas aquellas que se efectúen en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), es decir, las pactadas individual o colectivamente u homologadas por la autoridad de aplicación».

«Se considerará prestación no remunerativa las asignaciones en dinero que se entreguen en compensación por suspensiones de la prestación laboral y que se fundaren en las causales de falta o disminución de trabajo, no imputables al empleador, o fuerza mayor debidamente comprobada, pactadas individual o colectivamente y homologadas por la Autoridad de Aplicación, conforme a normas legales vigentes, y cuando en virtud de tales causales el trabajador no realice la prestación laboral a su cargo. Solo tributará las contribuciones establecidas en las leyes 23660 y 23661″.

«Aquellos despidos o suspensiones que se dispongan en violación a lo dispuesto por este decreto no producirán efecto alguno, y se mantendrán vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales», establece la nueva medida del Gobierno.